3 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Se cae nombramiento del ministro de la Defensa 

@IvanDuque 

  • Tribunal Administrativo de Cundinamarca tumba decreto que designó a Diego Molano como ministro de Defensa 
  • Esta decisión, que ya fue notificada al Gobierno, seguramente será apelada. 

Por haber violado la ley de cuotas, el decreto 134 de 2021, por el cual fue designado Diego Molano como ministro de Defensa, fue tumbado este 20 de abril por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.  

Un grupo de ciudadanos y organizaciones organizaron la demanda, porque en el momento del nombramiento, “no cumple con el porcentaje mínimo de participación de mujeres” en el gabinete del presidente Duque. 

“Declárase la nulidad del decreto 134 del 6 de febrero de 2021 expedido por el Presidente de la República, por las razones dadas en la presente providencia. En consecuencia, instase al señor Presidente de la República, para que se dé cumplimento lo dispuesto en los artículos 1, 2, y 4 de la Ley 581 de 2000, al momento de nombrar a los ministros de su gabinete, respetando la cuota mínima del 30% de participación de la mujer”, dice el alto tribunal en su fallo. 

La acción fue interpuesta en febrero de 2021 por Dejusticia, Sisma Mujer, Humanas y la Red Nacional de Mujeres, organizaciones que argumentaron que, al momento de nombrar a Molano, el Gobierno del presidente Iván Duque incumplía la Ley de Cuotas. 

Detallaron que en ese momento el gabinete solo tenía cinco ministras en los 18 ministerios, es decir, un 27.7 % de mujeres. Por eso, le pidieron al Consejo de Estado anular los nombramientos de Molano, así como los de Daniel Palacios, quien sigue fungiendo como ministro del Interior, y de Víctor Muñoz, actual director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre). El nombramiento de Felipe Buitrago, entonces Ministro de Cultura, pero el único que a abril de este año ya no está en el cargo, también fue demandado. Todos estos procesos siguen en curso. 

“El Tribunal nos dio la razón, pues al momento del nombramiento de Molano solo había cinco mujeres ministras, por lo que se incumplió la cuota exigida por la Ley 581 de 2000. Los magistrados del Tribunal aclararon que, si bien el 30 % de 18 es 5.4, ‘al tratarse de grupos históricamente discriminados, la norma debe aplicarse a favor de ellos [las mujeres en este caso], y por tanto, el número deberá aproximarse al entero siguiente, que corresponde al número 6′”, aseguró Dejusticia en un comunicado de prensa. 

Así las cosas, el presidente Duque deberá nombrar a otra persona en el cargo que actualmente ocupa Molano.  

El tribunal recordó que el mandatario está en la obligación de respetar la Ley de Cuotas al momento de nombrar a los ministros y ministras de su gabinete. 

De todas maneras, el ministro Diego Molano deberá asistir al debate de moción de censura a la que será sometido para que responda por el presunto caso de ejecuciones extrajudiciales, también conocidas como falsos positivos, que habría ocurrido en Putumayo.