5 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

El concejo de Rionegro volvió a quedar completo

Jefferson Moreno

@ConcejoRionegro 

En providencia del 6 de octubre, los cuatro magistrados de la Sala Electoral del Consejo de Estado le dieron la razón al concejal de Rionegro del MAIS Jefferson Moreno Vásquez, quien había sido suspendido al momento de asumir la curul que dejó vacante el concejal Fernando Valencia Vallejo, quien por tener un asunto penal pendiente al que le aplica la silla vacía, renunció a la curul 17 que había asumido por obtener la segunda votación en las elecciones a la alcaldía de ese municipio y que dieron como ganador a Rodrigo Hernández Alzate. 

En el Auto en que la Sección Quinta revoca la medida de suspensión provisional que había impuesto el Tribunal Administrativo de Antioquia, se advierte que las reglas de provisión de una curul en Colombia cuando dimite a ella quien la había ocupado con arreglo al estatuto de la oposición, son las indicadas en el artículo 263 de la Constitución Política que establece el sistema de cifra repartidora. 

En la demanda que es promovida por una veeduría con asiento en ese municipio, se les advierte a los demandantes y al tribunal seccional que en este caso no opera la silla vacía prevista en el artículo 134 de la Constitución y que el derecho del concejal Jefferson  Moreno Vásquez es personal. 

En el pronunciamiento con ponencia del Magistrado Luis Alberto Álvarez Parra ese alto tribunal señala: 

“La Sala hace referencia a que, en principio, los eventos ocurridos con la vacancia absoluta de un cabildante o diputado, dentro del exclusivo punto de la curul por derecho personal, debe ser explorado con conexidad al sistema de cifra repartidora. Ello para permitir que quien ganó por voto popular un escaño del que fue desplazado por quien ejerció su prerrogativa de obtener la curul por derecho personal, resurja como concejal o diputado. Esa es la materialización de su derecho político que no puede ser transgredido, por cuanto se da paso a la protección de la garantía electoral individualmente considerada y a que lo acontecido con el elegido por derecho propio no afecte la integración de la duma o concejo” 

Aunque el proceso es de doble instancia y está por surtirse la primera en la Sala Quinta de decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, Jefferson Moreno Vásquez seguramente mantendrá su curul por el resto del periodo, según los contundentes argumentos consignados en el Auto que permite que reasuma su escaño en el cabildo de Rionegro.