2 mayo, 2024

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Concejales del Centro Democrático recuperan el derecho al voto

@CeDemocratico 

En decisión del 7 de abril la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, con ponencia del Magistrado Renato Contreras Ortega y que fue respaldada por los nueve miembros de esa corporación, resolvió dejar sin efectos jurídicos la medida provisional de 18 meses prorrogables que había sido impuesta por la Veeduría Nacional del Partido Centro Democrático contra los concejales María Paulina Aguinaga Lezcano, Nataly Vélez Lopera, Lina García Gañán y Albert Yordano Corredor Bustamante. 

En su decisión, reportada en un comunicado de prensa, el Consejo Nacional Electoral señaló lo siguiente: 

“[…] si bien la medida provisional no constituye una decisión definitiva, los efectos materiales adoptados con la suspensión del derecho a voto para los corporados, comporta una especie de sanción que corresponde ser aplicada o bien revestida de motivación suficiente o una vez se haya agotado el procedimiento disciplinario, pero de ninguna manera instrumentalizar la figura estatutaria provisional y transitoria a través de la discrecionalidad del ente investigador, razón por la cual, se reitera que es exigible que la adopción de la decisión esté adecuadamente motivada, conforme no solo a la invocación del marco jurídico aplicable y de acuerdo a la realidad fáctica, sino protegida de la exposición de un razonamiento suficiente donde se evidencie un estudio de ponderación conforme a un ejercicio argumentativo de razonabilidad que impida adjetivos de arbitrariedad”. 

El Reverbero de Juan Paz consultó al abogado Martín Cardona Mendoza, uno de los apoderados de los concejales respecto al alcance de esa decisión y advirtió que: “en la práctica el trámite disciplinario interno impulsado por las autoridades disciplinarias del Partido Centro Democrático queda sin ningún peso jurídico porque al ser iniciado ese partido optó con ligereza, sin hacer mínimas indagaciones y, sobre todo sin prueba alguna para fundar tan desproporcionada medida provisional que de paso quebranta el debido proceso administrativo de los concejales”. 

Asimismo, y al ser indagado sobre cuál sería la suerte de ese trámite, Cardona Mendoza especialista en Derecho Electoral, indicó que no ha hecho cosa distinta de solicitar que el Consejo Nacional Electoral aplique el principio de juridicidad de las decisiones administrativas y que con prontitud archive las diligencias por sustracción de materia. 

Finalmente, y al ser consultado sobre la suerte de la acción de tutela que había formulado en nombre de los cuatro concejales y cuyo resultados fueron fallidos, indicó que está preparando una solicitud a la Corte Constitucional para que en Sede de Revisión conozca de este caso, zanje la discusión jurídica y resuelva cuáles son los alcances y límites de que están dotados las organizaciones políticas, cuando impongan medidas provisionales en lo que respecta al cumplimiento de los principios de proporcionalidad e impida la adopción de medidas arbitrarias.