27 abril, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Sentencia absolutoria sobre Hidroituango favorece a otros implicados

@Hidroituango @EPMEstamosahi 

  • Absueltos los ingenieros Luis Guillermo Gómez y Luis Javier Vélez.  

El Juzgado 18 Penal del Circuito de Medellín absolvió este miércoles a los ingenieros Luis Guillermo Gómez Atehortúa, exgerente de la Sociedad Hidroituango, y Luis Javier Vélez Duque, exrepresentante legal de la filial EPM Ituango, de incurrir en el delito de celebración indebida de contratos, quienes habían sido acusados por la Fiscalía General de la Nación. 

La decisión quedó plasmada en un fallo de 426 páginas, en el que el juez demuestra que no encontró forma de probar las acusaciones de por la Fiscalía. 

“Absolver a los ingenieros (…) de condiciones civiles y personales reseñadas en precedencia, por la conducta punible de contrato sin cumplimiento de requisitos legales consagrados en el artículo 410 del Código Penal”, se lee en el fallo. 

El abogado del equipo defensor, Juan Carlos Álvarez, celebró la decisión y aseguró que esta se constituye en un precedente con miras al proceso abierto por la Fiscalía por Hidroituango, en el que una de sus líneas consiste en encontrar responsables por el contrato Boomt (por sus siglas en Build, Own Operate, Maintain and Transfer). 

El ente acusador planteaba que, a su juicio, la firma del contrato había constituido un delito por haberse realizado de forma directa, dejando por fuera a otras empresas que estaban interesadas en pujar por la obra y que incluso ya habían participado de un proceso de precalificación internacional. 

El abogado Alvarez, sostiene que la acusación fue desestimada luego que la defensa lograra demostrar que tanto EPM como la Sociedad Hidroituango habían cumplido los requisitos estipulados en la ley y que no se había violado el principio de transparencia ni afectado el interés público.  

Eso quiere decir que el Instituto para el Desarrollo de Antioquia (Idea) y EPM tenían plena potestad de definir cuál era la mejor forma de hacer el proyecto y que, dentro de ese panorama, la alternativa más viable habría sido optar por un esquema contractual en el que uno de ellos se hiciera cargo del mismo. 

“Esta decisión establece un precedente importante, porque un juez vio que el contrato es legal y no habría razones para que los que impulsaron el contrato tuvieran un interés indebido”, expresó el abogado, señalando que, bajo esa misma lógica, también deberían ser absueltos en un futuro otros implicados, como el exalcalde de Medellín, Alonso Salazar; el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos; y el exdirector del Idea, Álvaro Vásquez. (Lea la sentencia de Hidroituango). 

Durante la audiencia en la que se conoció el fallo, la Fiscalía anticipó que lo apelará ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín. Para formular sus argumentos, el ente acusador tendrá un plazo de cinco días hábiles para presentar un escrito. Tras cumplirse ese plazo, luego habrá un periodo de cuatro días para que el equipo defensor y la Procuraduría presenten sus observaciones. (Con datos de El Colombiano).