2 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

“Opiniones de periodistas en su labor no son susceptibles de rectificación”: Corte Constitucional

La Corte Constitucional falló a favor de la libertad de prensa. 

Esta vez lo hizo al advertir que los pensamientos o las opiniones que los periodistas expresan en el marco de su labor “no son susceptibles de rectificación”.  

Ese pronunciamiento se dio al negar una tutela contra dos periodistas que cuestionaron a uno de los socios minoritarios de la sociedad Azul y Blanco Millonarios S.A. y revelaron un video en el cual se veía grabando y tomando fotos de algunas actas de junta y estados financieros de esa sociedad.  

El socio minoritario decía que los periodistas le habían afectado sus derechos al buen nombre y la honra al hacer algunas afirmaciones en su contra respecto al video revelado.  

Al revisar el caso, la Sala primera de revisión de tutelas con ponencia de la magistrada Diana Fajardo reiteró que el derecho de la información es primordial y que no se puede pedir rectificación sobre las opiniones de los periodistas.  

También reiteró que se debe proteger el derecho a la libertad de expresión de los periodistas cuando sus opiniones se desprenden en el marco de su labor.  

“Al ponderar los derechos en juego, la Corte considera que debe protegerse el derecho a la libertad de expresión de los periodistas accionados, quienes, en virtud de su oficio, ejercieron su derecho a opinar sobre un hecho noticioso”, señaló el fallo. (Lo que dice la Corte).