27 abril, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Mitos y realidades sobre el Piso de Protección Social

@IvanDuque

Decreto 1174 por el cual se reglamenta el Piso de Protección Social.

Por un experto laboralista

Actualmente menos de una cuarta parte de los adultos mayores en Colombia tienen acceso a una pensión.

Legalmente una pensión se conforma de ahorro del trabajador, aporte del empleador y subsidios del estado.

Mas del 40% de los trabajadores colombianos (más de 9 millones de personas) ganan menos de un salario mínimo y tienen cerrada la puerta para una pensión en su vejez.

¿Es una reforma laboral?

No es una Reforma Laboral. Con el Decreto 1174 del 27 de agosto de 2020, no se están creando nuevas modalidades de contratación, las garantías y condiciones laborales hoy vigentes se respetan y mantienen.

  1. ¿Se elimina la posibilidad de acceder a una pensión?

No, al contrario, los regímenes pensionales siguen igual, lo que se reglamenta es la posibilidad para que quienes ganan menos de un salario mínimo puedan ahorrar para la vejez.

Es necesario hacer claridad: que muchas personas que están en la informalidad mañana pueden tener un trabajo formal y cotizar al sistema pensional, y con su ahorro, sumando al Piso de Protección Social, podrán incrementar su ahorro para la vejez.

  1. ¿Es una reforma pensional?

No, es la reglamentación del artículo 193 del Plan de Desarrollo Ley 1955 de 2019, pero principalmente el cumplimiento del artículo 48 de la Constitución que faculta al estado a otorgar beneficios periódicos a las personas que devengan menos de un salario mínimo.

  1. ¿El decreto permite o posibilita la contratación por horas y el cambio de las condiciones laborales para los empleadores?

No, este decreto no modifica las normas laborales existentes de los trabajadores, lo que hace es reconocer a quienes, por diferentes circunstancias de su trabajo, no alcanzan a tener ingresos de un salario mínimo mensual.

  1. ¿Los trabajadores del tiempo completo están cobijados por este decreto?

No, con el decreto no se modifican las condiciones laborales de quienes trabajen tiempo completo, reitero, se incluye un beneficio para aquellas personas que por sus actividades tienen ingresos inferiores tener un salario mínimo mensual.

  1. ¿El decreto permite que el empleador no afilie a los trabajadores al sistema de seguridad social, si los ingresos no superen un salario mínimo?

Con el Piso de Protección Social, se les da la posibilidad a las personas que no alcanzan a tener un ingreso de un salario mínimo mensual, y que hoy no tienen ninguna cobertura, para que tengan un ahorro para el futuro.

Actualmente los trabajadores que ganen menos de un salario mínimo por su actividad no tienen ninguna cobertura en seguridad social.

  1. ¿Con el Piso de Protección Social se acaban los otros sistemas de protección social?

No, por el contrario, se mantienen las condiciones de protección social a los trabajadores, y se crea este nuevo mecanismo de ahorro y protección para la vejez a quienes no alcancen a recibir un salario mínimo mensual.

  1. ¿Con este decreto, se permite que los empleadores contraten sin límite por debajo del salario mínimo?

El Piso de Protección Social no altera la normatividad vigente sobre prestaciones sociales, el salario mínimo legal se respeta. Este decreto es una respuesta a quienes en la actualidad perciben ingresos por debajo de un salario mínimo, no pueden ahorrar para su vejez.

  1. ¿Se están perdiendo garantías laborales de este decreto, como salud, pensión, riesgos laborales y cajas de compensación?

No, actualmente, las personas a quienes va dirigido el Piso de Protección no tienen ninguno de estos beneficios, con esta norma, se está regulando la manera para acceder a estos beneficios a quienes no tienen ninguna protección para la vejez.

  1. ¿Cuándo entra en vigencia esta norma?

El Piso de Protección Social, entra en vigencia el 1 de febrero de 2021, y el proceso de implementar operatividad necesaria, está siendo elaborado por parte de la administradora de pensiones públicas, Colpensiones.