8 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

La demanda que hace tambalear la curul del concejal Alex Flórez

@CondejoMedellin @alexflorezh @QuinteroCalle

Apenas se reanuden las actividades judiciales, también se retoman muchos litigios suscitados después de las elecciones del 27 de octubre de 2019.

Entre tantas demandas, una que estuvo a punto de resolverse antes de la suspensión de términos por la pandemia, por parte del Tribunal Administrativo de Antioquia, es la que cursa contra el concejal Álex Flórez Hernández, y que tiene en peligro su investidura.

El abogado Martín Emilio Cardona Mendoza, presentó  esta demanda alegando que el concejal de los Independientes de la línea del alcalde Daniel Quintero, firmó irregularmente un contrato con el Tecnológico de Antioquia el 7 de febrero de 2019 y se liquidó el 25 de octubre.

La causal que apunta al concejal Flórez Hernández y que lo tiene en difícil situación jurídica es que desatendió una prohibición que lo inhabilitaba para inscribirse como candidato y de paso le generaba pérdida de investidura, pues, dentro del año anterior a su elección, celebró un contrato con el Tecnológico de Antioquia, que es un establecimiento público del orden departamental y la disposición prohibitiva no distingue de qué nivel sea la entidad. Sólo exige que el contrato deba ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio, como quedó establecido en el contrato 074 de 2019 suscrito entre ese establecimiento público y el concejal Álex Flórez Hernández y que se ejecutaría en el municipio de Medellín del cual resultó elegido concejal.

En la acción pública que formuló el abogado Cardona Mendoza a la cual tuvo acceso El Reverbero de Juan Paz y que tiene la ponencia de la Magistrada Beatriz Elena Jaramillo Muñoz, se alega que “no entiende el suscrito demandante que un movimiento Independiente, del que resultó ungido popularmente el actual alcalde de Medellín y al que también pertenece el concejal que es objeto de juicio de indignidad, que tuvo como caballito de batalla para alzarse con la victoria, la lucha contra la corrupción, despotricando exacerbadamente de los poderes clásicamente constituidos, en estos momentos esté implicado en un proceso de pérdida de investidura por un acto previo de corrupción, esto es, la suscripción de un contrato en tiempo inoportuno generador de la inhabilidad descrita en el artículo 40 numeral 3 de la Ley 617 de 2000, suficiente para que el Pleno del Tribunal decrete la desinvestidura del corporado Flórez Hernández”.