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- El abuso del derecho
Un exmagistrado, constitucionalista, muy allegado a esta casa periodística nos dice que lo que está haciendo el Gobierno Nacional frente al caso de la alcaldía de Medellín, “es un abuso del derecho, teoría jurídica que comenzó a hacer carrera en la Francia de fines del siglo XIX y principios del XX, desarrollada ampliamente por la Corte Suprema de Justicia de Colombia por los años de 1.935 y siguientes, llamada la Corte de Oro”.
Después de muchos desarrollos jurisprudenciales, la Constitución colombiana de 1.991, la incorporó como norma permanente en el artículo 95 en cuyo numeral primero claramente se dice que son deberes de la persona “respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios”; en el tercero “respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales” y en el séptimo “colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia”.
Dice el constitucionalista, “que el presidente Iván Duque (foto) está haciendo totalmente lo contrario: abusar del poder y del derecho dilatando infructuosamente el nombramiento de un alcalde encargado del mismo grupo político del titular Daniel Quintero, apelando a cuanta leguleyada le pueda echar mano, cuando ya tiene la terna de mujeres en su poder”.
El expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, opina exactamente lo mismo de nuestro amigo. En un trino escribió esta mañana: “Un funcionario cuya designación ha sido suspendida por decisión judicial no puede ejercer funciones públicas. Los actos correspondientes carecerían de toda validez”.
Agrega nuestro allegado que Juan Camilo Restrepo (foto) es un profesional joven y competente que pertenece al Partido Conservador, colectividad dentro de la cual tiene un futuro promisorio y no se le ve bien que le siga haciendo el juego a un gobierno nacional que termina el 7 de agosto próximo”.
Y luego agrega: “La decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia es categórica y no admite sinuosidades jurídicas que pueden enredar a Juan Camilo porque la decisión judicial ya está tomada y no admite dilaciones. Es mejor salir por la puerta de adelante y no con procesos penales pendientes por usurpación de funciones”.
Vale anotar que el Gobierno Nacional informó este viernes que por lo menos durante este puente festivo de elecciones, no será elegida una alcaldesa encargada de Medellín de entre la terna presentada por el movimiento Independientes al que pertenece Daniel Quintero, quien está suspendido provisionalmente de su cargo.
Como se sabe, una decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió en la mañana de este viernes la designación de Juan Camilo Restrepo como alcalde encargado. Pero el Gobierno Nacional adujo que falta que se haga una aclaración solicitada por el suspendido alcalde Quintero al Tribunal Administrativo de Antioquia.
Sin embargo, el Ministerio del Interior indicó que, habiéndose cumplido en la noche del jueves 26 de mayo, varios requisitos faltantes en la presentación de la terna, la próxima semana se empezarán a analizar las hojas de vida de las postuladas y que las integrantes de la terna serán llamadas a entrevistas.
Dicha terna, que presentó Independientes el 18 de mayo de 2022, está conformada por las actuales secretarias de despacho María Camila Villamizar Assaf, de Gobierno; Jennifer Andree Uribe Montoya, de Salud; y Karen Bibiana Delgado Manjarrés, de Servicios y Suministros.
“Las personas ternadas, mediante comunicaciones del 20 y 24 de mayo de 2022 allegaron la información requerida de forma incompleta, y solo hasta el día 26 de mayo de 2022, mediante correo electrónico de las 9:27 pm allegaron la información faltante”, informó el ministro el Interior
Asimismo, el ministro del Interior hizo referencia a que actuó bajo el respeto de la ley en la designación de Restrepo como alcalde encargado, y dijo que así se venía haciendo hace 10 años en el país en estos casos.
El argumento del Tribunal Administrativo de Antioquia para suspender la designación temporal de Restrepo es que el decreto que designó al alcalde viola la Ley 1617 de 2013, que establece que “en todos los casos en que corresponda al presidente designar el reemplazo del alcalde, deberá escoger a un ciudadano que pertenezca al mismo partido o movimiento político del titular”.
Entonces la pregunta es obvia: ¿En este momento Medellín no tiene alcalde?
Video de la explicación del ministro del Interior, Daniel Palacios:
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