28 abril, 2024

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Asomura debe responder ante Procuraduría por ejecución en vías terciarias: Gobernación

juan pablo lopez cortez

@GobAntioquia @anibalgaviria @PGN_COL

La Gobernación de Antioquia nada tiene que ver con el proyecto “Mejoramiento de vías terciarias de los municipios del Occidente, Antioquia”, por el cual la Procuraduría General le anuncia investigación al gobernador Aníbal Gaviria.

El proyecto fue presentado ante el Banco de Proyectos de la Dirección Nacional de Planeación por el municipio de Caicedo, a través de la Asociación de Municipios del Urabá Antioqueño, Asomura, en 2019 y obtuvo concepto de oportunidad, conveniencia o solidez técnica, financiera y ambiental por parte del DNP el 30 de diciembre de 2019.

Después de surtir el trámite correspondiente, el OCAD Región Eje Cafetero lo viabilizó y aprobó mediante acuerdo del 5 de junio de 2020, designando como entidad pública ejecutora a ASOMURA. 

Eso quiere decir, que la Gobernación nada tuvo que ver en la ejecución de la obra, y que Asomura debe responder ante la Procuraduría General. Y la interventoría de la obra fue contratada a través de Colombia Compra Eficiente.

El comunicado de la Gobernación de Antioquia es el siguiente:

Con relación a la información hecha pública este lunes 14 de agosto por parte de la Procuraduría General de la Nación, según la cual el ente de control abrió investigación por presuntas irregularidades en la ejecución física y presupuestal de proyectos financiados con recursos de regalías, la Gobernación de Antioquia se permite informar a la opinión pública y a los medios de comunicación lo siguiente:

1.Según la Procuraduría, en un contrato por $22.700 millones para el mejoramiento de vías terciarias en los municipios del Occidente, existen presuntas irregularidades “en la etapa de planeación debido a las deficiencias en los estudios topográficos y los diseños hidráulicos, elaborados por la Asociación de Municipios del Urabá Antioqueño, ASOMURA, quien fue contratada por el Departamento de Antioquia para realizar los estudios y diseños a través de profesionales en las diferentes especialidades”. 

Es importante poner en contexto el método de asignación de recursos de regalías. Dentro del Sistema General de Regalías existe un fondo denominado Desarrollo Regional (art. 33 de la Ley 1530 de 2012), cuyos recursos son asignados a cada departamento cada dos años.

Según los artículos 6 y 28 de dicha Ley, le corresponde al Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) la viabilización, priorización y aprobación de los proyectos que se presentan para ser financiados con estos recursos, así como designar la entidad pública ejecutora, a cargo de la cual está adelantar toda la etapa precontractual y contractual y la interventoría.

Para el caso de Antioquia, el órgano colegiado era el OCAD Región Eje Cafetero. Los municipios pueden presentar directamente los proyectos que se requieren financiar con recursos de este fondo ante el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías, administrado por el Departamento Nacional de Planeación, sin que se requiera visto bueno ni aprobación previa por parte del respectivo departamento.

Al presentarse los proyectos, estos eran revisados directamente por el DNP, entidad encargada de hacer las observaciones y requerimientos directamente a la entidad que formuló el proyecto. 

Una vez el DNP verifica que el proyecto formulado cumple los requisitos técnicos, emite un concepto de oportunidad, conveniencia o solidez técnica, financiera y ambiental que resulta vinculante para que el OCAD lo incluya en su estudio de proyectos a viabilizar.

En el caso concreto al que hace referencia la Procuraduría, el proyecto “Mejoramiento de vías terciarias de los municipios del Occidente, Antioquia” fue presentado ante el Banco de Proyectos del DNP por el municipio de Caicedo a través de la Asociación de Municipios del Urabá Antioqueño en 2019 y obtuvo concepto de oportunidad, conveniencia o solidez técnica, financiera y ambiental por parte del DNP el 30 de diciembre de 2019.

Después de surtir el trámite correspondiente, el OCAD Región Eje Cafetero lo viabilizó y aprobó mediante acuerdo del 5 de junio de 2020, designando como entidad pública ejecutora a ASOMURA. 

En dicha sesión, Antioquia supeditó su voto favorable a que la interventoría del proyecto fuera contratada por la Gobernación. Para contratar dicha interventoría, la Gobernación de Antioquia hizo un concurso de méritos bajo los parámetros de Colombia Compra Eficiente.

De este modo, la Gobernación de Antioquia pudo ejercer vigilancia de los recursos públicos allí comprometidos. En ese sentido, la Gobernación de Antioquia no tuvo ninguna participación en la elaboración del proyecto, ni mucho menos ningún vínculo contractual con ASOMURA para la elaboración de los estudios y diseños de dicho proyecto, por lo que la afirmación que hace la Procuraduría en el auto de apertura, referente a que ASOMURA fue contratada por la Gobernación de Antioquia para la realización de los estudios y diseños del proyecto, no es cierta.

2. Frente a las afirmaciones de la Procuraduría en el sentido de que “posiblemente ASOMURA, como entidad ejecutora sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, vulneró los principios de la contratación pública” y que la entidad ejecutora “adelantó un proceso de contratación por régimen especial de mayor cuantía (…)por lo que, al parecer, no garantizó la transparencia y selección objetiva”, vale reiterar que la entidad ejecutora del proyecto, a cargo de quien estaba la planeación, selección del contratista, celebración, ejecución y liquidación del contrato de obra, fue ASOMURA, por tanto, lo relativo a estas etapas deberá ser aclarado directamente por dicha asociación. 

3. En cuanto a que, según la Procuraduría, se presentaron irregularidades con la interventoría “porque dentro de sus deberes, no solo hace parte el informar las situaciones anómalas, sino también ejercer labores de control preventivo en las actividades a ejecutar por parte del contratista de obra” cabe anotar que la interventoría, en el marco del seguimiento al contrato de obra, ha realizado múltiples solicitudes a la entidad contratante, a través de las cuales se manifiesta que debe iniciarse procedimiento administrativo sancionatorio conforme el artículo 86 de la ley 1474 del 2011, con la finalidad de conminar al contratista de obra al cumplimiento de la misma.

En atención a las alertas generadas al DNP, este realizó visitas a las obras en el mes de noviembre de 2022, de las cuales realizó un informe en el cual manifiesta que “no se pudo comprobar la existencia de incumplimiento”. 

4. La Gobernación de Antioquia seguirá insistiendo en el acompañamiento del proceso para la validación de los alcances contractuales por parte del contratista.

Dicho acompañamiento, a su vez, deberá ser validado por la interventoría, garantizando la calidad y el cumplimiento de los estándares enunciados en los estudios previos desarrollados por el contratista ASOMURA.

Es importante resaltar que el contrato, tal y como fue estructurado, tenía un anticipo equivalente al 40%, es decir, de los $20.991.995.118 equivalentes al contrato de obra, el anticipo correspondía al valor de $8.396.798.048. 

A la fecha, la interventoría solo ha autorizado la entrega de $6.807.362.242 por este ítem, y el pago de dos actas de obra que equivalen a $1.788.222.600. Así las cosas, la ejecución total del contrato de obra es de $7.522.651.282, equivalente al 34% del contrato.

Además, los pagos los hace directamente el Sistema General de Regalías previa autorización del ejecutor y de la interventoría, por lo cual la Gobernación de Antioquia no interviene en los mismos. 

Gobernación de Antioquia Juan Pablo López Cortés, secretario Sectorial de Desarrollo Territorial.