26 abril, 2024

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A concejales del CD se les prejuzgó y no se les respetó el debido proceso: expertos

@AlvaroUribeVel @CeDemocratico 

  • Veeduría Nacional los condenó sin abrirles investigación. 
  • Fue una reacción mediática, ante una derrota democrática sufrida en el interior del Concejo de Medellín. 

En comunicado de prensa de la Veeduría del partido Centro Democrático, de fecha 10 de noviembre de 2.021, publicado en el diario El Colombiano, se anuncia que la Veedora Nacional del partido abrió investigación disciplinaria contra los concejales Albert Yordano Corredor, María Paulina Aguinaga, Nataly Vélez y Lina García por violación al régimen de bancadas y a las decisiones adoptadas por el partido. 

Seguidamente el comunicado agrega que “A partir de la fecha pierden su derecho de voz y voto al interior del partido y como representantes del mismo ante la corporación pública en los términos más estrictos que contempla el estatuto”.  

Un experto consultado por El Reverbero de Juan Paz, dice que “la Veedora Nacional abre la investigación contra los concejales mencionados, pero de una vez los condena a no ser oídos, a no poder votar dentro del partido y a perder el derecho a actuar como bancada, en contravía del artículo 1° de la ley 974 de 2.005, que claramente dice que “Los miembros de las Corporaciones Públicas elegidos por un mismo partido, movimiento social o grupo significativo de ciudadanos constituyen una bancada en la respectiva corporación”. 

Agrega el analista que “los estatutos del Centro Democrático, en el momento en que son aprobados por el Consejo Nacional Electoral, forman parte del ordenamiento jurídico nacional y se deben aplicar, cuando sea el caso, en todo lo concerniente al régimen disciplinario interno que se consagra en los mismos de los artículos 135 al 171. De no ser así, el mismo partido Centro Democrático se puede ver implicado en violación de sus propias normas jurídicas que le pueden acarrear sanciones ante el CNE y a verse implicado en una maraña de tutelas por violación al debido proceso que consagra el artículo 29 de la Constitución Política”. 

Explica que “todo indica que no hubo reunión formal de la bancada de concejales del partido CD porque no existe citación previa ni actas de la reunión como lo exigen los artículos 5° y 6° de la mencionada ley y por lo tanto no parece configurarse ninguna falta disciplinaria”.  

Dice además que “por lo pronto la Veedora Nacional del Centro Democrático se debe declarar impedida pues es claro su prejuzgamiento en una materia tan delicada como es tratar de quitarle a cuatro concejales su derecho a expresarse libremente dentro de una corporación cuando no medió una decisión de grupo o de lo contrario los posibles disciplinados tienen todo el derecho a recusarla”. (Lea sanción sin proceso). 

Lo que se ve a primera vista en el comunicado de la Veeduría Nacional del CD es una reacción mediática, sin rigor jurídico y dominada posiblemente por algo de abyección ante el jefe supremo del partido, frente una derrota democrática sufrida en el interior del Concejo de Medellín