8 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

¿Y qué papel juega el Ministerio de Educación?

Y la otra pregunta que se hacen los académicos es ¿qué papel cumple, en el caso de Unisabaneta, el Ministerio de Educación Nacional que tiene la obligación de ejercer la suprema inspección y vigilancia  para velar por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos y que sus rentas se conserven y se apliquen debidamente y que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de sus fundadores y por consiguiente quien invierta dineros de propiedad  de las instituciones de educación superior privadas en sus propios negocios debe ser denunciado por peculado por extensión, como lo dice el artículo 32 de la citada ley 30?  

Negociaciones como la de Unisabaneta fueron denunciadas en su momento por el rector de la universidad Icesi de Cali, Francisco Piedrahita Plata, cuando los dueños del Politécnico Grancolombiano vendieron la institución a unos inversionistas norteamericanos.  

Todo parece indicar que el Ministerio de Educación en estos casos ha pasado de agache y ha tolerado que abiertamente se viole la ley 30 de 1.992. 

Nuestro grupo académico finalmente concluyó que el cargo de rector de Unisabaneta tiene que ser muy bien pagado para que dos personas de prestigio social, el uno exgobernador de Caldas y el otro ex rector de la Universidad de Antioquia, acepten el cargo de rector de una IUS cuyos dueños pagan condenas por delitos graves. 

Lo que más temen los académicos es que se avecinan convenios académicos entre Unisabaneta y la Universidad de Antioquia. 

¿Qué dirá la ministra de Educación, María Victoria Angulo?