26 abril, 2024

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¿Roy Barreras sí cumplirá el fallo del Consejo de Estado?

@RoyBarreras @consejodeestado

Fiel a lo que es y encarna el exsenador Roy Barreras al conocer la decisión del Consejo de Estado que anuló su elección por doble militancia política y que también lo deja por fuera de la Presidencia del Congreso de la República, manifestó que cumpliría la decisión de única instancia emanada de la Sección Quinta y que se sentía como un caído en combate.

Sin embargo, la providencia que fue notificada a las partes el 5 de mayo ya fue objeto de solicitud de aclaración por parte de la defensa de Barreras, es decir, parece que Roy no entendió la sentencia a la que se le hizo muchos reparos recogidos en por lo menos 30 folios presentados el pasado 9 de mayo.

Como si eso no bastara, de otra parte, el abogado Alfredo Trujillo Salcedo, oriundo de Cúcuta y tercero ajeno al proceso electoral que culminó en contra de Barreras, presentó ante la Corte Suprema de Justicia acción de tutela contra la providencia proferida por la Sección Quinta en la que alega una violación directa al artículo 40 de la Constitución por privarle de la representación política de la opción por la que alega votó el 13 de marzo de 2022.

Por competencia, la tutela se reorientó al Consejo de Estado y en el reparto correspondió a la Sección Tercera, Subsección B y ponencia del Magistrado Fredy Ibarra Martínez, quien en Auto del 11 de mayo (se anexa Auto) admitió la tutela y negó la solicitud de suspensión provisional de la decisión de la Sección Quinta.

Los antecedentes recientes en procesos electorales similares indican que tanto la solicitud de aclaración como la tutela presentada por una persona ajena al proceso electoral serán negadas. (Lea la tutela).

El Reverbero de Juan Paz supo que el abogado electoral Martín Cardona Mendoza, uno de los demandantes de la elección de Roy Barreras, prepara toda su artillería jurídica para repeler la estrategia de la defensa del exsenador encaminada a dilatar la ejecutoria del fallo que busca que Roy permanezca en el cargo hasta la terminación de la presidencia del Senado para luego artificiar una eventual nulidad de la sentencia de única instancia como mecanismo dilatorio.