26 junio, 2024

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¿Por qué se caería la reforma pensional en la Corte Constitucional?

@CConstitucional @petrogustavo

Primero que todo hay que decir que la Cámara de Representantes aprobó el mismo texto de la reforma que llegó del Senado, o cual es considerado como un proceso irregular.

El proyecto de la reforma pensional del Gobierno de Petro fue aprobado en la noche del viernes 14 de junio. A pesar de que este proyecto contaba con amplio consenso, la oposición ha expresado su intención de solicitar a la Corte Constitucional una revisión del proceso legislativo seguido en el Congreso.

La plenaria de la Cámara de Representantes adoptó, con 86 votos a favor, el texto de la reforma pensional aprobado previamente por el Senado.

La controversia es porque ignoró las modificaciones realizadas por la Comisión Séptima de la Cámara. La oposición alegó “censura” justamente porque pasó la proposición que retomaba el texto del Senado.

La congresista del Centro Democrático Paola Holguín criticó duramente el proceso: “Frente al nuevo atropello en el Congreso con la reforma pensional, donde decidieron sin mayor debate acoger el texto del Senado, lo que procede es solicitar a la Corte que tumbe esta reforma”.

La representante del Partido Alianza Verde Katherine Miranda expresó en X su “apoyo del 100% a la pensional”, también explicó en la red social X cuáles fueron sus puntos para afirmar que “la reforma pensional se va a caer en la Corte Constitucional”.

Miranda indicó que si bien la Cámara puede acoger un texto del Senado, como ocurrió en el caso de la reforma pensional, lo cierto es que para que el procedimiento sea legal, la proposición debió estar acompañada del texto, característica que no se cumplió. “No hubo el conocimiento completo, suficiente, veraz y preciso de los representantes al momento de votar”, completó.

La congresista dijo también que no hubo una explicación adecuada por parte del Gobierno o los ponentes sobre las modificaciones del texto presentado en la plenaria de la Cámara respecto al aprobado en el Senado.

Finalmente, resaltó que la carrera contrarreloj del cierre del año legislativo no justifica “eludir el proceso deliberativo, ni mucho menos eximir al proyecto del cumplimiento del requisito de publicidad, deliberación y aprobación en ambas plenarias del Congreso”.

Miranda señaló que se vulneraron las reglas de procedimiento fundamentales para el funcionamiento del legislativo. Según ella, también se restringió y limitó el poder de modificación de las plenarias, así como el rol de las comisiones de conciliación. Con esto, la forma en la que se aprobó la pensional, dice Miranda, viola los principios de pesos y contrapesos, que son pilares de lo que recoge el Estado en su constitución.

Por su parte, el magistrado del Consejo Nacional Electoral (CNE) Cesar Lorduy citó el fallo de la sentencia C-074 de 2021 de la Corte Constitucional, en el que se declara inexequible un proyecto de ley aprobado bajo condiciones similares. Textualmente, lo que podría aplicarse para el caso de la aprobación de la pensional dice: “No conocer de manera suficiente lo que se aprueba, o negar la posibilidad de proponer, debatir o ajustar, constituye una abdicación de las responsabilidades que a ese órgano le confió la Constitución”.

Pero el trámite en el Congreso no es lo único que pone en duda la aprobación de la reforma por parte de la Corte. Según indicó la senadora Lorena Ríos, del partido Colombia Justa Libres, a el diario El Tiempo, el pilar solidario de la reforma también es algo queestaría sujeto a revisión exhaustiva.

“La Corte Constitucional, en su artículo 48 y el desarrollo que ha dado la Corte Constitucional a lo que es un sistema de protección integral ha dejado unos puntos de referencia: en Colombia no puede haber una pensión inferior a un salario mínimo”, indicó la senadora ese medio.

Cuando se presentó esta reforma, se informó a los ciudadanos que se les otorgaría una pensión de 500.000 pesos a nuestros abuelitos que no han cotizado y se encuentran en pobreza extrema. Sin embargo, al final, con los cálculos, se determinó que ni siquiera se podían ofrecer 500.000 pesos como subsidio. El pilar solidario se fijó finalmente en 223.000 pesos (lo mínimo para no estar en pobreza extrema) para 2,5 millones de adultos mayores vulnerables tras la revisión de la viabilidad fiscal.

“Ellos le llaman pensión a un subsidio, que son dos temas diferentes. El haber mezclado peras con manzanas hace que haya una estructura incorrecta”, explicó Ríos.