6 mayo, 2024

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Por “culpa grave”, exalcalde de Jericó y 4 exconcejales a responder en la Procuraduría


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* Procuraduría les formuló cargos por presuntamente incurrir en prohibición legal

* Ordenaron suspender actividades mineras, contra un acto de Tribunal Administrativo de Antioquia, y un fallo de la Corte Constitucional.

– Jorge Andrés Pérez Hernández y los exconcejales habrían reproducido un acto administrativo anulado por la jurisdicción de lo contencioso administrativo. 

– Adicionalmente, el exmandatario habría ordenado el cese de actividades mineras través de dos actas y, a pesar de que la primera fue dejada sin efectos por Corantioquia, suscribió la segunda.   

La Procuraduría General de la Nación formuló cargos contra el alcalde de Jericó, Antioquia, Jorge Andrés Pérez Hernández (2016-2019), por presuntamente reproducir un acto administrativo anulado por la jurisdicción de lo contencioso administrativo. 

La decisión también vinculó a los entonces concejales Óscar Antonio Bermúdez Cataño, Martha Cecilia Espinosa Echeverri, Carlos Arturo Londoño Jaramillo y Jovany de Jesús Zapata Hernández. 

Según la Procuraduría, los concejales votaron en contra de un fallo judicial fijado por la Sala Plena de la Corte Constitucional, en el que se afirma que no es posible, en ningún caso, que los entes territoriales en cabeza de las corporaciones públicas de elección popular, en este caso el concejo municipal, votar o prohibir en sus territorios actividades de exploración o explotación minera. 

Dice la Procuraduría que los encartados, grupo mayoritario del concejo, ignoraron una advertencia en el asunto, asesorados por un abogado ajeno al concejo de la ciudad.(Apertura). 

En consecuencia, el alcalde Jorge Andrés Pérez sancionó el acuerdo municipal el 10 de noviembre de 2018, sin ninguna objeción y el día 26 de enero de 2019 ordenó a la empresa minera Quebradona suspender todas las actividades mineras.

En un primer cargo se le reprochó al exmandatario la sanción del Acuerdo 010 de 2018 que establecía prohibiciones en defensa del patrimonio ecológico y cultural pese a que, mediante sentencia, el Tribunal Administrativo de Antioquia habría declarado la invalidez del Acuerdo 009 de 2017 a través del cual se dictaban unas medidas para la defensa del patrimonio ecológico y cultural de Jericó. 

En segundo lugar, el ente de control cuestionó a Pérez Hernández quien, al parecer, pudo incurrir en prevaricato por acción al expedir el acta 001 mediante la cual habría ordenado el cese de actividades mineras en la finca La Mancha, ubicada en la vereda Cauca, y posteriormente, tras haber sido dejada sin efectos por Corantioquia esta decisión, habría suscrito otra bajo el número 002 con el mismo propósito, pero esta vez, en el predio El Chaquiro, ubicado en la vereda Quebradona.  

En cuanto a los excabildantes, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Andes reprochó la presunta aprobación del Proyecto de Acuerdo 018 de 2018, que antecede el Acuerdo 010 de 2018, pese a que el Tribunal Administrativo de Antioquia, en sentencia de revisión declaró la invalidez del Acuerdo 009 de 2017. 

Las faltas de Pérez Hernández fueron calificadas provisionalmente como grave a título de culpa grave y gravísima con dolo, y la de los exmiembros del concejo como grave cometida con culpa grave. 

El Ministerio Público manifestó que los sujetos procesales podrán presentar descargos y/o solicitar o aportar las pruebas que consideren necesarias para su defensa. 

En cumplimiento de la separación de roles, el expediente se remitirá a la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Valle de Aburrá para que adelante el juicio.