25 abril, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

La palabra secuestro desapareció del léxico del ministro Prada…

@petrogustavo @alfonsoprada

Valdría la pena preguntarle al ministro del Interior, Alfonso Prada, cuál es la diferencia entre retención y secuestro… O si la calificación del delito de secuestrar depende de un gobierno, o de un ministro.

La inquietud viene a cuento debido al secuestro de 79 policía y seis trabajadores en San Vicente del Caguán, por parte de unas organizaciones campesinas, en hechos que produjeron la muerte de un intendente y de un campesino.   

Cuando al ministro se le insistió en que calificara el delito del secuestro en este caso específico, el ministro fue insistente en señalar que se trató de una “retención”.

“Les hemos planteado que un requisito insuperable para sentarnos a dialogar con un gran desbordamiento del Gobierno en relación con los temas sociales de la comunidad es naturalmente la liberación inmediata de nuestros miembros de la Policía y de seis trabajadores de la empresa Emerald Energy que se encuentran allí en retención por parte de esas organizaciones”, manifestó el ministro Prada.

Pero lo más lamentable es que el ministro dice que “Están rayando en todo el sentido de la norma, de la ley. Está completamente prohibido en Colombia tener algún tipo de limitación a la libertad y más todavía de nuestros miembros de la Fuerza Pública”, como si el secuestro no se hubiera realizado, pues esas personas llevan más de 24 horas secuestradas.

El ministro Prada (foto), no obstante, advirtió sobre los riesgos legales de cualquier tipo de “retención” que se sostenga en el tiempo “va agravando la situación y calificando jurídicamente como un abuso constitucional y legal contra la libertad”. Pero no fue capaz de pronunciar la palabra secuestro.