
Desde el año anterior, un funcionario que venÃa de EPM, luego pasó a UNE y por la mal llamada sustitución patronal lo trasladaron a Huawei MSC, demandó a la empresa.
En la demanda contra UNE (logo), el empleado solicitaba el reintegro a la empresa porque le habÃan violado varios derechos. Es decir, por ser trabajador oficial tenÃa fuero circunstancial por ser miembro del sindicato Unigeep, el cual desde hace mucho tiempo viene haciendo respetar los derechos de los trabajadores.
El asunto, es que en un fallo de segunda instancia por la sala laboral del tribunal laboral de MedellÃn, sentenció a UNE a reintegrar a dicho funcionario nuevamente a a la empresa. Dicha empresa impugnó el fallo, a través de una tutela en la Corte Suprema de Justicia, sala laboral en donde se ratificaron en la sentencia del tribunal de Antioquia.
Es de aclarar que el tribunal de Antioquia, en una aclaración que solicitaron los leguleyos abogados de UNE, fue más allá del fallo y le dijo a UNE, que esta empresa y Huawei celebraron fue una alianza estratégica, y que no existe documento alguno que pruebe que existió Sustitución laboral.
Que dicho funcionario era un trabajador oficial y que Huawei es una SAS. Que el funcionario tenÃia fuero circunstancial. Que al pasarlo de UNE a Huawei este funcionario pasó a ser contratista de Huawei. Etc.
PensarÃa que dicho fallo es vinculante para que reintegren a los empleados oficiales a UNE.
A regañadientes UNE en este momento ya reintegró al funcionario y se esperan que las demandas que hay en curso sean falladas en derecho y teniendo en cuenta esta última sentencia de la Corte Suprema.  (Vea los soportes de la demanda). (Vea el fallo)
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