10 mayo, 2024

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Corte Constitucional frenó la extradición de «Jesús Santrich»

 

Así respondió duramente el alto tribunal en el marco de la demanda de la Ley de Procedimiento de la JEP.

W Radio.

Si pensábamos que la Corte Constitucional respondió fuertemente al presidente Iván Duque tras las objeciones de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), tumbando el tratamiento diferencial para miembros de la fuerza pública y autorizándola a practicar pruebas en procesos de extradición, La W logró establecer que el verdadero golpe lo dio al hacer una precisión en el Código de Procedimiento Penal en el que frena la extradición de “Jesús Santrich.

Según el texto y en los casos que sea pertinente, la Corte Suprema de Justicia deberá tener en cuenta en el trámite de extradición ordinaria lo contenido en el Articulo 19 del Acto Legislativo 01 de 2017, además de lo dispuesto:

  1. La obligación del Estado de investigar y juzgar las graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, particularmente a los máximos responsables de los crímenes de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra cometidos de manera sistemática.

  2. Los objetivos del SIVJRNR dirigido a la protección de los derechos a las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.

  3. Los principios derivados de las normas internas y de los compromisos adquiridos internacionalmente por Colombia, aplicables a la extradición.

    Así las cosas, si la JEP no es competente en el caso Santrich, la Corte Suprema solamente podrá autorizar su extradición una vez sea investigado, juzgado y haya reparado a las víctimas del conflicto armado en Colombia.