
@EPMEstamosahi
EPM acaba de notificar la decisión de suspender el trámite del reintegro ordenado por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso adelantado en primera instancia ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de MedellÃn.
El Reverbero de Juan Paz publicó un fallo judicial que condena a EPM a reintegrar a más de 150 ex trabajadores de la Empresa Antioqueña de EnergÃa -EADE-, en realidad son 173, que fueron despedidos en el año 2006, sin justa causa y de manera unilateral, cuando la entidad de servicios públicos la absorbió, durante la alcaldÃa de Sergio Fajardo, quién presidÃa la Junta Directiva de EPM y mandaba al gerente que habÃa nombrado, Juan Felipe Gaviria (Q.E.P.D.).
Según los abogados de los exempleados, “la posición de la patronal muestra otra vez su ánimo dilatorio; y, es desconcertante, más aún si se tiene en cuenta: i) que en la reunión sostenida el 29 de septiembre de 2022 por la Dirección Sindical y el grupo de abogados, a instancias de la DefensorÃa del Pueblo, afirmó EPM que una vez fuera decidida de manera definitiva por la Sala Laboral de la Corte la nulidad propuesta, se procederÃa al reintegro (de quienes procediera); ii) similar posición sostuvo la entidad en el encuentro ante el Ministerio de Trabajo, presidido por el Viceministro Edwin Palma, cuando EPM reiteró que solo estaba pendiente la decisión del recurso de reposición de la nulidad, por parte de la Sala Laboral de la Corte; iii) en la misma reunión, a instancias de EPM, la asesorÃa jurÃdica de los trabajadores aceptó enviarle a la Sala Laboral de la Corte una solicitud de pronta decisión del recurso de reposición. Asà se cumplió; iv) en el encuentro con representantes jurÃdicos de los abogados y un significativo equipo de EPM se convino que el reintegro se materializarÃa el 26 de diciembre de 2022, entorpecido por el hackeo del que fue vÃctima la entidad. (Comunicado de los abogados).
Lo grave, es que además de reintegrarlos en un cargo igual o de superior categorÃa, les deben pagar los salarios, las prestaciones legales y convencionales, los aportes a seguridad social en salud y pensión, causados entre su desvinculación y su reingreso. (Comunicado de EPM).


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