18 abril, 2024

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EPM suspende trámite de reintegro de los 173 exempleados de EADE

@EPMEstamosahi

EPM acaba de notificar la decisión de suspender el trámite del reintegro ordenado por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, dentro del proceso adelantado en primera instancia ante el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín.

El Reverbero de Juan Paz publicó un fallo judicial que condena a EPM a reintegrar a más de 150 ex trabajadores de la Empresa Antioqueña de Energía -EADE-, en realidad son 173, que fueron despedidos en el año 2006, sin justa causa y de manera unilateral, cuando la entidad de servicios públicos la absorbió, durante la alcaldía de Sergio Fajardo, quién presidía la Junta Directiva de EPM y mandaba al gerente que había nombrado, Juan Felipe Gaviria (Q.E.P.D.).    

Según los abogados de los exempleados, “la posición de la patronal muestra otra vez su ánimo dilatorio; y, es desconcertante, más aún si se tiene en cuenta: i) que en la reunión sostenida el 29 de septiembre de 2022 por la Dirección Sindical y el grupo de abogados, a instancias de la Defensoría del Pueblo, afirmó EPM que una vez fuera decidida de manera definitiva por la Sala Laboral de la Corte la nulidad propuesta, se procedería al reintegro (de quienes procediera); ii) similar posición sostuvo la entidad en el encuentro ante el Ministerio de Trabajo, presidido por el Viceministro Edwin Palma, cuando EPM reiteró que solo estaba pendiente la decisión del recurso de reposición de la nulidad, por parte de la Sala Laboral de la Corte; iii) en la misma reunión, a instancias de EPM, la asesoría jurídica de los trabajadores aceptó enviarle a la Sala Laboral de la Corte una solicitud de pronta decisión del recurso de reposición. Así se cumplió; iv) en el encuentro con representantes jurídicos de los abogados y un significativo equipo de EPM se convino que el reintegro se materializaría el 26 de diciembre de 2022, entorpecido por el hackeo del que fue víctima la entidad. (Comunicado de los abogados).

Lo grave, es que además de reintegrarlos en un cargo igual o de superior categoría, les deben pagar los salarios, las prestaciones legales y convencionales, los aportes a seguridad social en salud y pensión, causados entre su desvinculación y su reingreso. (Comunicado de EPM).