1 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Se busca alcalde para Medellín 

@QuinteroCalle @juancamilorpog @IvanDuque 

Por Nacho 

Panoramapolitico.co 

La situación y el panorama de la administración municipal de Medellín sigue nuevamente alterada y en anormalidad tras la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, TAA, que mediante una medida cautelar suspendió provisionalmente la designación de Juan Camilo Restrepo Gómez como alcalde temporal de la ciudad y quien había sustituido al mandatario popular suspendido por la Procuraduría, Daniel Quintero Calle. 

La nueva incertidumbre en el manejo de la capital de Antioquia se produce tras conocerse este viernes 27 de mayo una sentencia de la Sala Primera de Oralidad del citado tribunal con ponencia del magistrado Jorge Iván Duque Gutiérrez, la cual admitió una demanda contra el decreto presidencial que suspendió al alcalde Quintero y encargó a Restrepo, en hechos ocurridos hace 16 días, el pasado 11 de mayo. 

En dicha providencia del TAA se suspende provisionalmente mediante una medida cautelar el nombramiento provisional de Restrepo Gómez, lo que implicaría que el Municipio de Medellín se quedaría sin la conducción de su máxima autoridad ejecutiva como es el alcalde, toda vez que pese a esta decisión judicial Quintero, quien ya regresó a la ciudad, sigue aún apartado del cargo. 

Lo curioso de esta zozobra jurídica, administrativa y política que afecta la marcha de la ciudad, es que la decisión contra el alcalde encargado se produjo primero por una demanda de nulidad electoral que por medio del tutelatón o de la lluvia de tutelas que se presentaron contra las acciones de la Procuraduría y del Gobierno Nacional de suspender a Quintero Calle por supuesta intervención en la actual campaña política para la Presidencia de la República. Esas tutelas se encuentran en la Sección Primera del Consejo de Estado. 

La causal central del TAA para también sacar del puesto al alcalde encargado de Medellín, es que el Gobierno Nacional no lo debió designar porque no hacía parte del movimiento político del alcalde suspendido, porque la norma es clara en que debe ser sustituido por un militante de la vertiente política del mandatario, mientras se presenta la terna y de ella se designa al reemplazo. 

Panoramapolitico.co por Nacho estableció que el fallo del TAA originó un interesante debate entre juristas antioqueños, sobre todo en torno a si la medida cautelar de suspensión provisional del alcalde encargado era de inmediato cumplimiento y si contra ella cabían los recursos de apelación o de reposición. 

Un exmagistrado del Consejo de Estado explicó que, tras ser notificado el auto dentro del término de ejecutoria, se pueden interponer los recursos de ley. 

El término de ejecutoria es de dos días hábiles (artículo 244 Cpaca), lo que quiere decir que el plazo para interponer recursos empieza a correr a partir del próximo martes 31 de mayo. 

En el caso que no se formulen recursos, la medida cautelar queda ejecutoriada, pero si se interponen recursos hay que darle trámite a los mismos. 

Consultado el experto sobre cuáles recursos caben en este sonado caso, dijo que los de reposición   y apelación. 

Se precisó que el de apelación es en efecto devolutivo (artículo 243 Cpaca), lo que significa que se cumple de inmediato la suspensión, mientras falla la autoridad judicial superior. Pero no sucede lo mismo con la reposición (artículo 242), en cuyo caso sí hay que esperar que se resuelva el recurso, es decir se suspende la decisión de sacar al alcalde encargado, mientras se resuelve. 

Pero el periodismo de Panoramapolitico.co logró conocer que con este caso se registró, al parecer, una situación muy contradictoria dentro del Tribunal Administrativo de Antioquia, toda vez que desde el pasado 17 de mayo ya se había producido en ese tribunal un primer fallo sobre este mismo caso que negó la suspensión provisional del alcalde temporal y en la de este viernes que la concede. 

Expertos estiman que todo indica que se presentaron dos demandas que llegaron posiblemente a salas distintas del TAA y no se habrían unificado para evitar el grave error de existir dos decisiones contrarias en un lapso de 10 días. Y sobre todo que el segundo fallo se conoció antes que el primero.

Entre tanto, trascendió que se adelantan consultas con el alto gobierno para definir el futuro de la alcaldía de Juan Camilo Restrepo y no dejar acéfalo el cargo de alcalde de Medellín.