17 mayo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

¿Qué sigue después del fallo de tutela del Tribunal Superior Medellín sobre la revocatoria? 

El fallo obliga al Consejo Nacional Electoral a decidir sobre las cuentas presentadas por los promotores de la revocatoria del alcalde de Medellín, Daniel Quintero. 

Se pueden presentar varias situaciones: una que el organismo electoral acate la decisión del Tribunal Superior de Medellín, acepte las cuentas presentadas por el Comité de Revocatoria y expida el certificado que exige la ley para enviárselo al Gobernador de Antioquia y que este funcionario proceda a fijar la fecha de las elecciones dentro de los dos meses siguientes a la recepción del documento.  

En este caso la Registraduría debe proceder a ponerse de acuerdo con el mandatario seccional para fijar una fecha que no interfiera con las elecciones presidenciales.  

Pero este evento depende de una condición y es que el Ministerio de Hacienda entregue los dineros adicionales para este certamen, dineros distintos a los que esta cartera ministerial destina para las consultas interpartidistas, elección de Congreso y Presidente de la República en las dos vueltas. Tarea difícil en las actuales circunstancias. 

La otra situación es que el CNE acepte los argumentos de los defensores del alcalde Daniel Quintero, quienes afirman que la contadora que firmó los balances de la campaña de revocatoria era del equipo asesor en el Concejo de Medellín del promotor Julio González.  

En este caso la certificación dirá que la campaña no cumplió con los requisitos por tratarse esos honorarios de dineros públicos y hasta allí llegó el proceso de revocatoria ya que esa decisión debe ser mediante resolución motivada contra la cual el único recurso que cabe es una demanda ante el Consejo de Estado, entidad que la resolverá a su debido tiempo que puede ser de más de dos años. 

Lo que más claro debe quedar es que a partir del 30 de junio de 2.022 no se puede citar a nuevas elecciones para alcalde, porque estaría a menos de 18 meses de terminar su período y la norma constitucional así lo determina.  

¿El magistrado César Augusto Abreo tiene la última palabra?