28 marzo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Video de Carlos Zuluaga, en el que convoca a votar por Aníbal Gaviria, no es privado: Consejo de Estado

@soyconservador 

El Consejo de Estado en fallo definitivo dejó a Carlos Zuluaga , sin curul en el Concejo por doble militancia.   

Vale recordar que el hecho por el cual es acusado el concejal Zuluaga Díaz se produjo el día 26 de octubre de 2019 en un acto público, en el cual el procesado convocaba a votar por el candidato a la Gobernación de Antioquia, Aníbal Gaviria Correa, desconociendo que el aspirante oficial conservador era el actual Alto Comisionado para la Paz, Juan Camilo Restrepo Gómez, quien tenía el aval del partido.  

En contradictoria versión el concejal Carlos Zuluaga Díaz, intentó sin éxito, desvirtuar en los altos tribunales que no apoyó a la Gobernación de Antioquia a Aníbal Gaviria y alegó que respaldó al candidato de su partido Juan Camilo Restrepo Gómez.  

Había un video de un acto público, de esa fecha en mención, en el que se ve a Zuluaga, con micrófono en mano, de pie y arengando a los habitantes de la Comuna 13, invitando a votar por Aníbal Gaviria diciendo que su equipo de trabajo sólo lo tiene a él como aspirante a la Gobernación. Pero Zuluaga en su defensa descargó toda la responsabilidad en su comunicador Nicolás Ruiz González, quien según Zuluaga, en forma inconsulta y arbitraria subió el video a su perfil en la red social Twitter.  

El Reverbero de Juan Paz, desde hace varios meses tenía el video que confirma al concejal como infractor de las normas de militancia política, y lo publicó. Pero Zuluaga, a través de sus abogados alegando violación a la privacidad, obligó a los medios a bajar ese video, en el que aparecen varios dirigentes, entre ellos el senador conservador Juan Diego Gómez.  

El concejal Carlos Zuluaga, alegaba que ese video constituía violación de la intimidad por su grabación y proyección sin su autorización.  

El Consejo de Estado rebatió esa tesis al expresar que el derecho a la privacidad disminuye o se pierde por reuniones como la que se realizó y que fue grabada y a la que asistieron unas 20 personas.  

Dice el texto: “La expectativa de privacidad desarrollada por la Corte Constitucional está definida como un criterio relevante para establecer si determinadas expresiones o manifestaciones de la vida de las personas se encuentran comprendidas por el ámbito de protección del derecho a la intimidad o sí, por el contrario, pueden ser conocidas o interferidas por otros”.