19 abril, 2024

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Tribunal Administrativo de Antioquia anula acuerdo que prohibía la minería en Jericó

@AGAColombia @GobAntioquia

Este jueves el Tribunal Administrativo de Antioquia decidió anular el Acuerdo 10 de 2018, expedido por el Concejo de Jericó para prohibir la extracción minera en esa localidad del Suroeste antioqueño.

A las 4:00 p.m. terminó la audiencia en la cual fueron desestimadas las razones entregadas por el alcalde Jorge Andrés Pérez y cinco concejales para justificar la expedición de esta norma municipal.

El magistrado que leyó la sentencia especificó que la prohibición de la actividad minera impuesta por la administración municipal y el Concejo es ilegal.

Cabe recordar que hace dos meses el tribunal suspendió los efectos del acuerdo y convocó a la audiencia de este jueves, que terminó con el fallo que declara la invalidez del mismo.

Durante la cita judicial también se decidió compulsar copias de la sentencia a la Fiscalía y la Procuraduría para investigar penal y disciplinariamente al mandatario local y a los corporados, quienes habrían desafiado a los jueces por reproducir en el Acuerdo 10, contenido similar al del Acuerdo 9 de 2017, que ya había sido invalidado.

El tribunal también observó que contra la sentencia cabe el recurso de apelación, el cual fue presentado este mismo jueves por la defensa del Municipio, por lo cual la norma continúa suspendida a espera de lo que decida el Consejo de Estado.

¿Qué dice la minera?

El abogado Carlos Augusto Giraldo explicó que el alcalde y los concejales pueden ser investigados por el delito de prevaricato por acción.

“Las posibles consecuencias serían dos: una eventual condena penal por el delito de prevaricato y sanción disciplinaria por parte de la Procuraduría por falta gravísima. En ambos casos, opera la destitución inmediata”, subrayó.

AngloGold Ashanti, la minera que tiene el proyecto de exploración Quebradona, expresó su respeto por la decisión judicial y manifestó que en Jericó son muchas las personas que ven en la minería un camino de bienestar.

“El Acuerdo No. 10 se expidió violando lo dispuesto por la jurisprudencia de la Corte Constitucional; en particular por la sentencia SU-095 de 2018, la cual ha reiterado que los municipios carecen de competencia para prohibir las actividades mineras en sus territorios”, señaló. (El Colombiano). (Escuche al juez).