29 marzo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

¿Marelen Castillo Torres presidente de Colombia?

Guillermo Mejia Mejia

Por Guillermo Mejía Mejía 

Si Rodolfo Hernández gana la Presidencia de la República, es muy probable, desde la órbita jurídica, que su mandato sea muy corto porque sobre él pesa un proceso penal en Bucaramanga, por el caso Vitalogic, que se encuentra en la etapa de enjuiciamiento, pues sobre él ya existe resolución de acusación, y está citado a comparecer en un juicio oral el próximo 21 de julio ante el Juez Cuarto Penal del Circuito de Bucaramanga. 

El escrito de acusación consta de 50 páginas y en él se vinculan también a otras 7 personas por cuatro delitos: interés indebido en la celebración de contratos, artículo 409 del Código Penal; contrato sin cumplimiento de requisitos legales, artículo 410 del C.P; falsedad ideológica en documento público, artículo 286 del C.P y falsedad en documento privado, artículo 289 del C.P 

El documento relaciona más de 50 pruebas documentales, 13 declaraciones de testigos y 11 declaraciones de los mismos acusados ante la Fiscalía General. 

Pero paralelamente a este proceso penal, la Procuraduría General de la Nación, en un documento de 57 páginas, desde agosto de 2.019, elevó pliego de cargos contra Rodolfo Hernández, por el mismo caso Vitalogic por el que está llamado a juicio, por interés indebido en la celebración de contratos en provecho de su hijo Luís Carlos Hernández Oliveros y por coacción al abogado César Augusto Fontecha Rincón, asesor jurídico de la EMAB, una empresa de servicios públicos de Bucaramanga, para que aceptara una fianza cuando el pliego exigía una póliza de seguro. 

De ser elegido presidente, este proceso debe ser enviado por el juzgado del conocimiento, a partir del 7 de agosto de 2.022, a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, órgano competente para investigar las posibles violaciones a las leyes penales y disciplinarias del Presidente de la República, pero seguiría en la justicia ordinaria penal contra los otros seis procesados que no tienen fuero (art. 53 de la ley 906/04, numeral 1). O sea que en la práctica seguirían dos procesos penales paralelos por los mismos hechos: uno en el Congreso y otro en el Juzgado de Circuito de Bucaramanga. 

Al llegar el expediente a la Comisión de Acusaciones este órgano del Congreso no puede comenzar de nuevo como si nada hubiera sido tramitado ante la justicia penal. Si ya el proceso ha agotado todo el trámite de investigación y acusación lo que corresponde a dicha comisión es enviarlo a la de Instrucción del Senado para que se reparta, por sorteo, entre los senadores integrantes, (art. 344 de la ley 5ª de 1.992).  

El senador-instructor deberá estudiar el expediente y presentar un proyecto de resolución admitiendo o rechazando la acusación. En este caso deberá proponer la cesación de procedimiento, (art. 345 de la ley 5ª de 1.992). 

Si la Comisión de Instrucción admite la acusación, la debe enviar dentro de los dos días siguientes, al Presidente del Senado para que en los 5 días posteriores el Senado en pleno estudie y decida. (Art. 346 de la ley 5ª de 1.992) 

Admitida la acusación, se inicia el juzgamiento e inmediatamente el acusado quedará suspenso de su empleo. Y como en este caso se trata de delitos comunes, cometidos por fuera del cargo de Presidente de la República, se citará al acusado y se le pondrá a disposición de la Corte Suprema de Justicia, junto con el expediente. (art. 347 de la ley 5ª de 1.992). 

Suspendido del cargo el Presidente de la República, desde luego si gana RH, asumiría como Presidenta su fórmula vicepresidencial Marelen Castillo Torres, la ingeniera industrial y bióloga, quien se ha desempeñado como vicerrectora de la Universidad Minuto de Dios. 

A la Comisión de “Absoluciones” de la Cámara de Representantes le queda muy cuesta arriba tratar de archivar, dilatar o salir con un desaguisado, en este caso de 4 delitos comunes graves, cuando el país entero estará pendiente de los resultados de una investigación terminada por la Fiscalia General, el órgano competente, por hechos presuntamente cometidos por quien acaba de ser investido con la más alta dignidad del País, mientras en la justicia ordinaria penal continúa el proceso contra los otros cuatro acusados. 

Debo darle todo el crédito al distinguido abogado constitucionalista huilense, William Alvis Pinzón, quien ha puesto en WhatsApp un video didáctico con los mismos argumentos que esbozo, que tomo con un poco más de extensión, en esta columna. 

Mi voto será por Gustavo Petro, pero si desafortunadamente el País elige a Rodolfo Hernández, y este sea condenado por la Corte Suprema de Justicia, como todas las pruebas lo indican, asumiría Marelen Castillo Torres y por lo menos quedaríamos en mejores manos que las de RH.