19 abril, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Largo y ancho: Tutela, ¿Quo vadis?

Por Rubén Darío Barrientos G. (foto)

rdbarrientos@une.net.co

No puede ser, que la Jueza primera civil del circuito de Valledupar (Zoraya Zuleta), vía decisión de tutela, haya frenado las sustentadas acciones de la Superintendencia de Salud contra la EPS Saludvida, que el día 15 de octubre de los corrientes había resuelto liquidarla –intervención forzosa administrativa–, mediante la resolución 8896 y trasladar sus afiliados a otras aseguradoras por graves fallas en el servicio, reclamaciones por costalados e insostenibilidad financiera. Repárese que los activos de la EPS son de $ 350 mil millones, mientras los pasivos son del orden de $ 790.000 millones y las pérdidas acumuladas se sitúan en los $ 867 mil millones.

Saludvida, reporta 257 muertes por cada 100.000 nacidos vivos, cuando el estándar nacional es de 51 muertes. Todos los indicadores en cáncer, pacientes hipertensos y diabéticos y pacientes con insuficiencia renal, son deplorables y no llegan ni al 30% de los ponderados habituales. Se le suma a ello que el no pago de cartera a los proveedores, se ha visto reflejado en el cierre de 43 servicios en 11 departamentos. No hay, pues, ninguna viabilidad para operar y se había ordenado a partir del 1 de noviembre entrante, migrar los 1.1 millones de usuarios.

Es un acto irresponsable que una jueza civil, por hacerse la célebre, sin la profundidad de conocimientos financieros y de factibilidad, solo dizque para preservar los derechos a la salud de unos pocos pacientes (cuando se había ordenado mantener la atención al pasar los pacientes a otras EPS), tenga tan disparatada y facilista decisión. Índole civil y en Valledupar, son los cartones para quien se atraviesa a querer mantener un cadáver de la salud. Era obligatorio mantener la red: ¿consideró eso la falladora? ¿Se adentró en los indicadores inviables de la EPS?  

De ahí que se venga reclamando hace mucho tiempo la especialización de la tutela, para que los eventos de salud no los sigan fallando los jueces penales y de adolescencia, y en este caso una de carácter civil. Por eso, se ha convertido todo este tejemaneje en copias de fallos, que están preformatados y a los cuales se acude no solo por la velocidad de la decisión (diez días) sino también por la congestión judicial. Vemos permanentemente sentencias de tutela ordenando reintegros por pretensas estabilidades reforzadas (algunos casos sí tiene mérito), con un simplismo azaroso y peligrosista. ¿Cuándo se creará una jurisdicción de tutela especializada?

En el entretanto, se siguen resolviendo tutelas de sustratos inanes y para quedar como muy charritos: (i) un paciente de Bogotá (con adicción al sexo) logró una sentencia que obligaba a la EPS a proveerle una muñeca de plástico para no violarle el derecho fundamental a la salud; (ii) se ordenó tutelar los derechos de una persona que había sido eliminada de un chat de whatsapp; (iii) se determinó suspender para una persona en Bucaramanga, la restricción del pico y placa porque le venía provocando afectación para llegar al sitio de trabajo; (iv) se le concedió el derecho a una dama, para obligar a su marido a que fuera fiel y llegara temprano a la casa.

En procura de la celebridad, muchas tutelas se “atraviesan” en el acontecer normal para volver mediático el acto. Hay mucha ausencia de sindéresis en algunos juzgadores, que sí la tienen otros, es innegable. Mientras jueces de otras disciplinas sigan fallando materias diferentes, se sigan proyectando modelos preordenados para cumplir con los diez días y no haya una jurisdicción especializada de tutela, seguiremos jugándole al peligrosismo y al “de pronto nos resulta” o al “tiremos el aventón”. Es la tutela una valiosa herramienta, pero requiere la dignidad de los jueces especializados.