20 abril, 2024

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La JEP debe expulsar a alias “Carlos Antonio Lozada”: familia de Gómez Hurtado

@JEP_Colombia 

En el recurso de apelación indican que el relato de Lozada es “carente por completo de pruebas”. 

La semana pasada la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, rechazó la solicitud de la familia del asesinado exlíder Álvaro Gómez Hurtado de iniciar un incidente de expulsión en contra de Julián Gallo Cubillo, alias “Carlos Antonio Lozada”. 

La JEP había indicado que “no se ha dado inicio al proceso de contrastación de los relatos y de los aportes de los comparecientes. Ya en un auto anterior se les informó a las víctimas acreditadas que las observaciones a las declaraciones de los comparecientes se deben hacer en el marco del proceso, una vez se ha escuchado al compareciente en versión voluntaria”. 

Ante esta negativa, la familia de Gómez Hurtado expuso frente a la Sección de Apelación de la Sala de Reconocimiento de Verdad un recurso de apelación. 

“Para nadie es un secreto que el relato del compareciente respecto al homicidio del señor Álvaro Gómez Hurtado y José del Cristo Huertas Hastamorir es oscuro, impreciso y poco detallado, carente por completo de pruebas”, precisó Enrique Gómez, sobrino del exlíder asesinado. 

En la apelación también indican que “aquí olvida la Sección de Apelación de la Sala de Reconocimiento de Verdad los criterios enseñados por la Corte Constitucional en la sentencia C-080 de 2018, especialmente, el de contribuir a la verdad como una garantía esencial para mantener los beneficios que gozan los comparecientes y que se derivan de los acuerdos de paz y el A.L 01 de 2017 (…) Razones válidas que permiten establecer, que la SRVR debió proceder a aperturar el incidente de incumplimiento”. (Con datos de El Nuevo Siglo).