8 diciembre, 2025

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Invadir a Venezuela: El crimen de Trump

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Por Jorge Mario Gómez Restrepo*

¿Puede Trump invadir Venezuela para derrocar al régimen de Maduro?

Han pasado muchos años preguntándonos hasta cuándo Nicolás Maduro, la presión internacional y la del presidente Donald Trump le darían paso a una democracia legítima en Venezuela.

Sin embargo, el guion ha cambiado. Ya no se trata solo de Caracas, en las últimas semanas hemos visto cómo la narrativa del “narcoterrorismo” se recicla y expande, teniendo ahora a Gustavo Petro como nuevo protagonista de los señalamientos del presidente republicano.

Más allá de la discusión doméstica, de las estrategias e intereses de los gobiernos de turno, lo preocupante es si esta etiqueta de “narcoterrorismo” se está usando para construir una justificación “legal” para intervenir militarmente en la región. Y si es así, sería importante reflexionar si le asiste una responsabilidad al presidente de los EE. UU de invadir militarmente o derrocar presidentes latinoamericanos señalados de actuar, facilitar o pertenecer a organizaciones “narcoterroristas”.

Invadir un Estado no es un acto político, el derecho internacional moderno ha evolucionado para responsabilizar a los líderes que ejecutan este tipo de acciones.

La resolución 3314 de la Organización de Naciones Unidas (ONU) define que usar las Fuerzas Armadas contra la soberanía de otro Estado sin ser una acción legítima de defensa es un acto de agresión. En términos simples, el derecho internacional moderno no permite invadir países basándose solo en etiquetas políticas o discursos de campaña. Si Trump ordena una incursión bajo la teoría del “narcoterrorismo”, estaría cometiendo una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas. 

Pese a ello, las reclamaciones de los Estados invadidos ante la jurisdicción internacional por esta hipotética acción, tendría una limitación si lo que se pretende es juzgar y sancionar a Trump por estas agresiones, los mecanismos judiciales difícilmente le serían aplicables, ya que a lo largo de la historia estratégicamente esa nación ha construido un blindaje para que sus actos de guerra no se condenen judicialmente y queden por fuera de las reclamaciones internacionales.

Sin embargo, el escenario de responsabilidad individual de Trump cambia, si como consecuencia de los actos de agresión o invasión, se ocasionan crímenes de guerra o de lesa humanidad, de forma sistemática y generalizada en Colombia o Venezuela.

Aquí radica el verdadero riesgo legal para Washington. Aunque Estados Unidos no es firmante del Estatuto de Roma y no reconoce a la Corte Penal Internacional (CPI), Colombia y Venezuela sí son Estados Parte.

Esto significa que si tropas estadounidenses cometen crímenes de guerra o de lesa humanidad en nuestro territorio (o en el venezolano), la CPI tiene plena competencia para investigar esos actos, independientemente de la nacionalidad de los perpetradores.

Para condenar a un Jefe de Estado, no hace falta probar que estaba en el campo de batalla ni que disparó un arma. La doctrina de la “responsabilidad de mando” es implacable, el comandante supremo responde penalmente por los crímenes de sus subordinados si tenía el control efectivo y no hizo nada para prevenirlos o sancionarlos.

Trump, como Comandante en Jefe, cumple cabalmente con este requisito. No podría alegar ignorancia si una invasión ordenada por él deriva en masacres o ataques sistemáticos a civiles.

La última década le debería permitir entender a Trump que líderes políticos de superpotencias como Benjamín Netanyahu, Vladimir Putin, entre otros, pese a su poderío político y militar, y a las justificaciones legítimas o no de sus acciones, se han visto sometidos a sanciones y órdenes de captura internacionales, que independientemente de su efectividad, han condicionado su desplazamiento a nivel mundial, y repercuten en la legitimidad política de sus gobiernos.

En conclusión, el verdadero campo minado para Trump no es la selva del Darién ni las playas venezolanas, sino los tribunales de La Haya. El riesgo real no es ser juzgado por la invasión en sí misma (el crimen de agresión), sino por la responsabilidad de mando frente a las atrocidades que inevitablemente acompañan a la guerra. La historia reciente de líderes globales convertidos en parias judiciales debería ser suficiente advertencia, el poder militar ya no garantiza impunidad eterna.