28 marzo, 2024

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Elucubraciones: De la injusticia penal, a la justicia social

 

Por Eduardo Aristizábal Peláez (foto).

A propósito del libro del destacado jurista y sociólogo  argentino Roberto Gargarella, el cual hace parte de un proyecto de investigación relacionado con la filosofía del castigo, su justificación o no, con  serios planteamientos sobre el estado de cosas en la administración de justicia penal y la manera como la comunidad reacciona frente a la comisión de delitos que considera gravemente reprochables, se nos ocurre, casi que aupados por el ilustre jurisconsulto sureño a hacer varios planteamientos, sencillos y claros para todo tipo de lector,  sobre hechos reales de la vida diaria y que desde la implementación de la ley 906 de 2004, el Nuevos Sistema Acusatorio, me vienen dando vueltas en la cabeza.

¿Podemos asegurar fehacientemente que el artículo que encabeza el Código de Procedimiento Penal, Dignidad humana, es respetado por todos los operadores de justicia?

“Los intervinientes en el proceso penal serán tratados con el respeto debido a la dignidad humana”.

Y no nos estamos refiriendo siquiera a la policía judicial que a veces tiene dificultad para controlar a los capturados, sino a algunos fiscales y jueces que a pesar de su formación, experiencia y recorrido dan un trato indigno a las partes e intervinientes. No son todos, pero que los hay… los hay.

Dice el artículo 250 de la Constitución Nacional que “la Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias  fácticas que indiquen la posible existencia  del mismo…“

Lo grave de esta situación es que en la parte real, se percibe que a los fiscales de todo el país, se les está calificando su eficiencia y buen rendimiento por la cantidad de procesos que cierren con la condena del acusado. El decir el éxito es directamente proporcional a la cantidad de condenados y si la sentencia es absolutoria o hubo argumentos suficientes para precluir, el profesionalismo, esfuerzo del Fiscal, su tiempo, sus desvelos, no tienen ningún valor y peligrosamente se abre una puerta que en la parte superior dice: falsos positivos.

Que igualdad de condiciones puede existir en una justicia cuando quien tiene poder económico puede contratar los servicios de un buffete de abogados, mientras que aquel que no tiene fondos suficientes para hacerse a los servicios de un abogado defensor, tiene que aceptar forzosamente a quien la Defensoría del Pueblo le designe y éste con una excesiva carga laboral, como ya se ha denunciado reiteradamente ante el Defensor de Pueblo.

Si la Corte Suprema de Justicia advirtió que si la Fiscalía se encuentra con un elemento de juicio que le pueda servir a la defensa, debe descubrirlo y dejárselo conocer a la contraparte…  Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto 37888 marzo 7 – 2012.

 ¿Por qué no se controla y se hace efectiva la aplicación de esta decisión para equilibrar las cargas? pues si se busca una sana equidad en todo proceso penal, debemos entender, sin mucha dificultad, el poder que tiene el Estado en todos los órdenes y más en éste tipo de actividades, empezando por la infraestructura.

Qué mejor colofón que el interrogante que el editor del libro de Gargarella, Universidad de los Andes, plantea en la contraportada:

“¿Qué tipo de ciudadanos termina tras las rejas? ¿Cómo actúa el Estado, a través del sistema punitivo, en sociedades marcadas por una fuerte desigualdad? ¿Corremos el riesgo de que se use el aparato coactivo estatal para mantener un estado de cosas injustificadas que sistemáticamente beneficia a algunos y perjudica a otros?

Las inquietudes son muchas y los controles pocos, pero dejamos constancia para no dejar morir el debate que solamente busca perfeccionar los procesos para que no nos quedemos buscando simplemente una verdad procesal, sino  que cada vez nos acerquemos más a la verdad material y se haga verdadera justicia.