25 abril, 2024

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Elucubraciones: Constitución de adorno

 

Por Eduardo Aristizábal Peláez

Dice la Enciclopedia Jurídica Omeba que el Constitucionalismo consiste en el ordenamiento jurídico de una sociedad política mediante una Constitución escrita cuya supremacía significa la subordinación a sus disposiciones, de todos los actos emanados de los poderes que conforman el gobierno ordinario.

Por su parte el científico, político y jurisfilósofo alemán, Gottfried Dietze manifiesta que, el que los gobernantes se subordinen, así mismos, a una Constitución, esa es la verdadera esencia del Constitucionalismo

Todo parece indicar que la primera Constitución fue la de los atenienses, obra escrita por Aristóteles; una serie de 158 constituciones cuyo fin era reflejar la cultura legislativa griega, plasmando los tipos político-administrativos y socio-culturales en los contextos históricos del momento, basado en la historia política de Atenas, el sistema y organización del Estado ateniense.

En Colombia el primer asomo de constitucionalismo se podría considerar en marzo de 1811 cuando se conformó lo que podría llamarse la primera Asamblea Nacional Constituyente y Congreso a la vez en Santafé de Bogotá, bajo el nombre «Colegio Electoral Constituyente del Estado de Cundinamarca» que promulgó el 4 de abril de 1811 la primera constitución que podría tener alcance nacional, La Constitución del Estado de Cundinamarca. (Lea la columna).