23 abril, 2024

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Educación, escuela y democraciaretrasos en el derecho fundamental a una educación de calidad para todos 

Por Enrique E. Batista J., Ph. D.

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Con motivo de las tres décadas de la expedición en Colombia de la Constitución de 1991, la Universidad de Antioquia publicó el libro: «Educación, escuela y democracia: Una reflexión colectiva a 30 años de la Constitución Política de Colombia». Esta reflexión fue escrita en capítulos por 10 profesores, investigadores y pedagogos colombianos como Bernardo Restrepo Gómez, Elvia González Agudelo y Ruth Quiroz Posada. Para el mismo, escribí un capítulo titulado: «La educación como derecho fundamental, bien público y habilitante de otros derechos». Resumo aquí parte de ese capítulo. (El libro entero, con sus respectivas referencias bibliográficas y webgráficas, el lector lo puede obtener, libre de costo, aquí:  https://hdl.handle.net/10495/30473). 

La inspiración para una educación gratuita, obligatoria, popular y formadora en los derechos del hombre se encuentra en el pensamiento de Simón Bolívar.  Afirmó El Libertador que la educación debía ser obligatoria, con sólida formación en la moral, la ética y la libertad, porque esta no se compadece con la ignorancia.  

La Constitución colombiana de 1991 nació luego de un clamor nacional de los jóvenes, quienes exigían la convocatoria a una Asamblea Constituyente. En esta Constitución de 1991, la nación se constituyó como un «Estado Social de Derecho», entre cuyos fines esenciales están: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en ella. En lo que se refiere a deberes, se estatuyó que todos los miembros de la comunidad nacional tienen el deber de engrandecerla y dignificarla y que toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. 

La educación es un derecho fundamental y bien público, habilitante de otros derechos. La ONU concibe a la educación como un derecho humano fundamental que, como tal, cubre aspectos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Del mismo modo, en la Constitución de 1991 la educación es concebida como un derecho de la persona y un servicio público con una función social. 

El Estado Social de Derecho es una conquista de la humanidad lograda después de vivir ciertos acontecimientos históricos, con frecuencia cruentos. Ocurre con frecuencia que este Estado de Derecho es capturado por intereses particulares que atentan contra los principios en los que se sustenta. La reducción en el tamaño y responsabilidades de la administración, capturada por esos intereses ilegítimos, se manifiesta en los derechos sociales que no puede prestar o que son abandonados por el Estado y asumidos por el sector privado, tales como la seguridad social, pensiones, salud, vivienda y educación. 

Tras tres décadas de la Constitución de 1991 se observan y viven retrasos en el derecho a una educación de calidad, incluyente y equitativa para todos los habitantes. Pero el derecho a la educación no es el único derecho social que no se ha podido cumplir a plenitud, ni el único con el cual se llega a consolidar la igualdad. La voluntad política de los gobiernos centrales por cumplir con los derechos sociales de los ciudadanos ha sido frágil y débil, muchas de las promesas constituyentes han sido incumplidas y la participación democrática no se ha mejorado sensiblemente.

Con respecto al derecho a la educación, dos hechos legales se produjeron a partir de esta Constitución: la Ley 30 de 1982 (o ley de la educación superior) y la 115 de 1994 (o general de la educación). A pesar de que esta última, en su artículo noveno, ordenó de manera tajante, clara y precisa que «El desarrollo del derecho a la educación se regirá por ley especial de carácter estatutario», tal mandato, que es base esencial y determinante para garantizar el derecho constitucional de todos a una educación con calidad, igualitaria, equitativa e inclusiva, no se ha expedido, lo que representa un serio incumplimiento de la garantía constitucional a este derecho fundamental.

Frente al incumplimiento de los mandatos de la Constitución y, entre otros, los de las dos leyes mencionadas, ha existido un Ministerio de Educación Nacional maniatado, confuso sobre su rol de liderazgo para construir una sociedad a partir de una educación basada en derechos. Ha sido un ministerio que perdió su rumbo en medio de normas a destajo, desarticuladas, de oportunidad, en medio de una burocracia nada productiva y que no entendió su compromiso con una educación como derecho fundamental y como servicio para el bien público. 

Han sido gobiernos con incapacidad manifiesta para innovar, para transformar la educación y los procesos formativos escolares, imposibilitados y con sordera heredada, aun frente a las recomendaciones de las «Comisiones de Sabios» creadas por los mismos gobiernos. Con obcecación y estulticia, mantienen las añejas prácticas de la normatividad ineficaz y los muy infructíferos procesos de inspección y vigilancia. Se ha mantenido, además, al país en atraso frente a los muy importantes avances innovadores que se han dado en el mundo en el campo de la educación. 

Es bien sabido y reconocido que el tiempo escolar es vital y esencial para aprender y formarse. Por ello, la Ley 115 de 1994 estableció la urgencia de consolidar una jornada única escolar. Ordenó esta ley, con miras a la garantía del derecho a la educación, la obligatoriedad de formular planes decenales de desarrollo educativo. Han sido tres décadas pérdidas con esos planes promulgados. 

Se ordenó también dignificar al maestro y a su profesión, ordenamiento que está lejos de cumplirse tres décadas después. Dignificación que llevaría, entre otros efectos positivos, a que los maestros pudieran trabajar en condiciones dignas, y facilitarles, tanto a ellos como a los alumnos, contar con los medios, recursos didácticos y tecnológicos actualizados y apropiados, así como ambientes físicos adecuados y saludables.  

En todas las regiones del país, sin excepción, se evidencian las falencias de escuelas nada amigables para enseñar y aprender, con infraestructuras físicas derruidas o inapropiadas, construcciones sin control de la temperatura ambiental, ni adecuada circulación del aire, carencia de agua potable, de energía eléctrica, de baños higiénicos y también falta de acceso a Internet, así como al alto número de recursos educativos disponibles en la web. Aun así, se reclama a los
maestros y a los alumnos que puntúen alto en las inútiles pruebas estandarizadas con las que el Estado desea medir la calidad, aunque, como es bien sabido, no la promueve con políticas y programas eficaces. 

Si bien se ha aumentado la cobertura educativa, se está muy lejos de llegar
a la totalidad de la población en edad de estudiar; se presentan niveles de deserción
intolerables, que llevan a infinidad de jóvenes al desempleo, sin una formación que los habilite para ser ciudadanos del Estado Social de Derecho y para el desempeño de un oficio u ocupación propios de la sociedad digitalizada,  con ingresos dignos y estables,  con adecuada cobertura de seguridad social. En la educación superior se ha permitido un crecimiento insoportable de los costos de matrícula en las entidades privadas; en ese nivel educativo la deserción sigue alrededor del 50%.

Hoy es visible el incuestionable hecho de que el Estado y los gobernantes han sido débiles e ineficaces para garantizar el cumplimiento del derecho a una educación de calidad para todos. Tampoco se ha alcanzado el propósito de formar personas como sujetos políticos constructores y validadores de la democracia en el Estado Social de Derecho. 

Llegó la hora de acoger el mandato de El Libertador, quien bien dijo que: «Las naciones marchan hacia el término de su grandeza, con el mismo paso con que camina la educación de los derechos de los ciudadanos».