18 marzo, 2024

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Despachos judiciales no atenderán en forma presencial

El Consejo Superior de la Judicatura, en el marco de las medidas que ha expedido para atender la emergencia ocasionada por la Covid-19, adoptó las reglas para la prestación del servicio de justicia de los despachos judiciales y dependencias administrativas en todo el territorio nacional que se aplicarán a partir de este martes 12 de enero y hasta el 31 de enero de 2021 

La Corporación mediante el Acuerdo11709 de 2021 suspendió el porcentaje de presencialidad establecido para los despachos judiciales, el cual fue fijado en Acuerdo expedido el año anterior. 

La decisión obedece a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y administraciones locales con el fin de garantizar la mitigación del Covid-19 en el país y en aras de proteger la vida y salud de los servidores judiciales, abogados y usuarios de la administración de justicia. 

Se reitera que, de acuerdo con la política adoptada por la Corporación, los servidores de la Rama Judicial continuarán trabajando de manera preferente en su casa mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. 

Con el firme propósito de evitar cualquier afectación a los servicios judiciales, el Consejo Superior delegó a los Consejos Seccionales para que expidan los actos administrativos correspondientes, que permitan regular las condiciones en las cuales se prestarán los servicios y el aforo en cada sede judicial de su regional, cuando sea necesaria la presencialidad en la sede de trabajo y de acuerdo con las restricciones establecidas para cada departamento o ciudad. 

Para ello, el Consejo Superior recuerda a todos los usuarios de la administración de justica justicia que en la página Web de la Rama Judicial www.ramajudicial.gov.co se encuentra publicado el directorio de correos electrónicos institucionales de los despachos y dependencias judiciales como canal de comunicación virtual y, que adicionalmente, se cuenta con aplicativos o correos electrónicos para la presentación virtual de tutelas, habeas corpus y demandas.