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· Mediante Decreto Municipal 202000001357 y en razón de la declaratoria de la EMERGENCIA SANITARIA EN EL TERRITORIO NACIONAL por la pandemia según la Organización Mundial de la Salud – OMS del coronavirus COVID-19, el Alcalde de Bello extiende las fechas del pago de los impuestos.
Modificando lo artículos segundo y tercero de la Resolución 201900009712 del 18 de diciembre de 2019, el Alcalde Óscar Andrés Pérez Muñoz, prorroga y extiende los pagos de los impuestos que deberán efectuarse en los trimestres, en las fechas límites según se discriminan en el decreto municipal.
Plazos para el pago del Impuesto Predial Unificado:
TRIMESTRE |
FECHA LIMITE DE PAGO |
Primer trimestre |
18 de abril (sábado) |
Segundo trimestre |
06 de julio (lunes) |
Tercer trimestre |
30 de septiembre (miércoles) |
Cuarto trimestre |
23 de diciembre (miércoles) |
Los incentivos tributarios por pago anticipado o pago oportuno aprobados mediante Acuerdo 001 de 2020, serán efectivos solo para quienes paguen en la fecha límite establecida en este artículo.
Plazos pago del impuesto predial, Industria y Comercio, y complementarios de Avisos y Tableros:
N° CUOTAS |
MES |
FECHA LIMITE DE PAGO |
1 |
Enero |
27 de enero (lunes) |
2 |
Febrero |
25 de febrero (martes) |
3 |
Marzo |
31 de marzo (martes) |
4 |
Abril |
30 de abril (jueves) |
5 |
Mayo |
30 de mayo (sábado) |
6 |
Junio |
30 de junio (martes) |
7 |
Julio |
31 de julio (viernes) |
8 |
Agosto |
31 de agosto (lunes) |
9 |
Septiembre |
30 de septiembre (miércoles) |
10 |
Octubre |
31 de octubre (sábado) |
11 |
Noviembre |
30 de noviembre (lunes) |
12 |
Diciembre |
23 de diciembre (miércoles) |
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