7 noviembre, 2025

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Asamblea de Antioquia defiende rigor jurídico en elección de terna para la Contraloría

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La terna para la elección del Contralor/a Departamental de Antioquia 2026-2029 fue conformada con pleno rigor jurídico y técnico, dice la Asamblea de Antioquia.

La Asamblea Departamental de Antioquia informa a la opinión pública que el proceso de conformación de la terna de aspirantes al cargo de Contralor o Contralora Departamental para el período 2026-2029 se adelanta con estricto cumplimiento de la Constitución Política, la Ley y los reglamentos internos de la Corporación, bajo los principios de transparencia, publicidad, mérito y objetividad.

Además, este proceso cuenta con la dirección técnica, operativa y jurídica de la Universidad de Cartagena, institución encargada de la convocatoria pública mediante convenio interadministrativo, conforme a lo establecido en la Resolución 246 de 2025.

Dicha universidad, entregó un documento que constituye el soporte jurídico y técnico de la decisión: el “Informe de posibles inhabilidades e incompatibilidades”. Y con base en este, fue elaborado por los abogados de la corporación, el análisis jurídico sobre presuntas inhabilidades.

Lo anterior, se constituye en el fundamento para acoger la conformación de la terna por la Mesa Directiva de la Asamblea Departamental, mediante mayoría simple; así como, la previa consideración de los resultados de la aplicación de los diferentes criterios de evaluación.

Estos informes, elaborados con rigor jurídico y basados en la revisión individual de cada aspirante, se sustentan en el artículo 272 de la Constitución Política (modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019), la Ley 330 de 1996, la Ley 1952 de 2019 y la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional De acuerdo con estos fundamentos, la Universidad determinó que las inhabilidades para ejercer el cargo de contralor departamental son de aplicación taxativa y restrictiva, no admiten interpretación extensiva o analógica, y deben analizarse conforme a los elementos temporal, territorial y funcional definidos por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.

En desarrollo de ese análisis, la Universidad ha verificado que los tres aspirantes con los más altos puntajes en la convocatoria: Juan Carlos Herrera Toro, Juan Fernando Castrillón Benjumea y Laura Emilse Marulanda Tobón, cumplen los requisitos legales y no presentan inhabilidades ni incompatibilidades para ocupar el cargo, FA-CO-05 al no encontrarse configurados vínculos funcionales ni territoriales que comprometan la independencia del control fiscal, con las quejas que hasta ahora se han presentado.

Al respecto, recordamos que del 6 al 12 de noviembre del presente año tendrán lugar las observaciones de la ciudadanía, de acuerdo con el cronograma establecido por la Resolución N°246 del 11 de agosto de 2025, que regula dicha convocatoria pública.

Estas observaciones también serán analizadas y tenidas en cuenta en el proceso de conformación de dicha terna, dando cabida a las modificaciones que fueren necesarias conforme a los establecido por la norma.

Asimismo, enfatizamos en que, la Mesa Directiva de la Asamblea Departamental de Antioquia determina la terna con base en los resultados definitivos de los aspirantes que obtuvieron los mayores puntajes y en el informe presentado por la Universidad de Cartagena, garantizando así que la decisión estuviera sustentada en criterios objetivos, verificables y jurídicamente sólidos.

Finalmente, anunciamos que anexos al presente comunicado se encuentran los conceptos jurídicos realizados por la Universidad de Cartagena y la Asamblea Departamental de Antioquia, los cuales también estarán disponibles para periodistas y comunidad en general en nuestra página web, así como las actualizaciones que ocasionen las observaciones por la ciudadanía presentadas dentro de los tiempos anteriormente descritos. (Vea análisis jurídico e informe de inhabilidades).