29 octubre, 2025

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Las dos nuevas derrotas de Petro

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Petro

@petrogustavo

El presidente Petro acaba de perder dos nuevos pleitos en los altos tribunales, por sus afirmaciones al ritmo de sus odios sectarios.

Acaba de perder dos tutelas, una de las periodistas a quienes calificó como “muñecas de la mafia”, y la otra de la senadora Paloma Valencia, a quien acusó de ser cómplice de los falsos positivos.

La Corte Constitucional le pide al presidente Gustavo Petro que no estigmatice a las mujeres periodistas La Sentencia SU-432 de 2025 marca un hito en la defensa de la libertad de prensa y los derechos de las mujeres periodistas en Colombia.

Según el comunicado divulgado por la Corte Constitucional del lunes 20 de octubre, la Sala Plena acogió las pretensiones de 16 comunicadoras de diversas orientaciones políticas quienes solicitaron que el presidente de la República se abstuviera de emplear expresiones estigmatizantes, como el calificativo de “muñecas de la mafia”, para referirse a ellas.

Aunque las dos primeras instancias no reconocieron la vulneración de derechos, la Corte decidió revisar el caso y modificar el sentido de esas decisiones, reconociendo la importancia de proteger la labor periodística frente a discursos de poder que pueden derivar en violencias y silenciamiento.

La tutela, presentada en septiembre de 2024, planteó cuatro argumentos centrales.

Primero, que las declaraciones estigmatizantes del jefe de Estado vulneran la libertad de expresión al deslegitimar el ejercicio periodístico y generar un ambiente de hostilidad, incluidas manifestaciones de violencia en línea, que afecta a quienes ejercen el periodismo.

Segundo, que el presidente por su posición de poder y su labor pública, tiene el deber de tolerar expresiones que le resulten molestas, críticas o incómodas.

Tercero, que los funcionarios públicos están obligados a respaldar y garantizar el ejercicio libre de este derecho, así como a proteger activamente la labor de la prensa.

Finalmente, que la Constitución otorga una protección reforzada a los y las periodistas por su papel esencial en la democracia y en el debate público. Dice la FLIP sobre el tema que aunque el reciente fallo aún no ha sido notificado oficialmente, la información divulgada por la Corte indica que las manifestaciones del presidente durante la posesión de la defensora del pueblo, Iris Marín, habrían sido consideradas estigmatizantes y contrarias a los derechos de las periodistas colombianas a vivir una vida libre de violencias, a la no discriminación y a la libertad de expresión.

En el caso de Paloma Valencia, el juzgado 46 Administrativo de Bogotá le ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse, en el término de 5 días, por un comentario en la que vinculó a la senadora y precandidata presidencial, Paloma Valencia, con los ‘falsos positivos’.

El jefe de Estado trinó en su cuenta de X el 29 de septiembre señalándola de “cómplice del asesinato de 6.402 jóvenes”, víctimas de ejecuciones extrajudiciales cometidas por la fuerza pública.

En la tutela, la congresista del Centro Democrático advirtió que el primer mandatario “podría configurar el delito de hostigamiento por ideología política, el cual, conforme a la jurisprudencia constitucional, no requiere la materialización del daño sino la generación de un riesgo comunicativo”.

“Las expresiones emitidas por la parte del señor Presidente de la República Gustavo Francisco Petro Urrego vulneraron los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra de la accionante, al tratarse de afirmaciones sin sustento fáctico suficiente, proferidas en un contexto que no justifica su difusión ni su contenido”, advierte el juzgado. (Con datos de El Muro y Caracol Radio).