26 septiembre, 2025

Primicias de la política, empresariales y de la farandula

Caso Uribe: entre la política y el derecho

Haga Click

Image Map

Ricardo Correa

Por Ricardo Correa Robledo 

Si un médico diagnostica a un presidente con una enfermedad, no se genera un debate nacional sobre si el jefe de Estado tiene o no dicha dolencia. Puede ser que una junta médica de expertos examine el diagnóstico y el posible tratamiento. Pero con seguridad no habría millones de personas opinando sobre si el paciente tiene o no la patología. Pero cuando versa sobre temas del Derecho y el afectado es alguien con gran poder y significado nacional, surgen de la noche a la mañana millones de nuevos abogados, y si el tema es Penal, pues todos son penalistas.

Desde las vísperas de la audiencia de lectura del sentido del fallo en el proceso penal del expresidente Álvaro Uribe por soborno a testigos y fraude procesal, ya había ejércitos de nuevos defensores de oficio sosteniendo su inocencia y otros tantos centenares de miles de fiscales abogando por su culpabilidad. Y ni que decir luego de que la juez penal del circuito de Bogotá, Sandra Heredia, lo condenara por la mayoría de los cargos; en ese momento la multiplicación de los nuevos abogados fue exponencial.

El proceso penal contra Uribe es por los delitos de soborno de testigos en actuación ante la Corte Suprema de Justicia y por fraude procesal ante la misma corte. El propósito de este caso es establecer si estas actuaciones existieron y si tienen las características requeridas por la ley para ser consideradas delitos. Es un asunto estrictamente jurídico, que debe ser tratado por profesionales expertos en el área de conocimiento específico que es el Derecho Penal. Obviamente, esto debe ir de la mano de una divulgación clara, y ojalá sencilla, de los asuntos relevantes del juicio, y debe haber una amplia discusión en los medios. Pero el punto está en restringir el debate a la esencia jurídica del caso: saber si una persona actuó de determinada manera en un evento en particular para poder confirmar si cometió un delito o no. Y para este propósito, para la ley penal, es prácticamente intrascendente si la persona que se investiga es un santo o un demonio; es un momento específico de su vida lo que se está juzgando, a veces cuestión de segundos.

Pero hay casos de casos, y cuando el procesado es una figura muy relevante en la política hay una fuerte tendencia a que la especialidad y profesionalismo del Derecho sucumba ante las arremetidas del poder y de las lealtades arraigadas en las mentes de los millones de seguidores y detractores de los líderes cuestionados legalmente. Recordemos los casos judiciales de Trump.

Una revisión juiciosa del caso Uribe muestra que la juridicidad del proceso se ha observado con cuidado y escrúpulo, y que como han señalado juristas serios del país, el fallo fue emitido en Derecho, es decir siguiendo con rigor la ley penal y los postulados de la disciplina.

El fallo de la juez Heredia tiene la posibilidad de ser cuestionado y debatido solamente en el ámbito jurídico, bajo la luz especializada de la ley penal. Y justo para esto existe el recurso de apelación, que obviamente la defensa lo ejercitará ante el Tribunal Superior de Bogotá. Todo lo demás es un ruido de la política y las pasiones de los millones de amigos y enemigos del expresidente.